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Colegio de Arquitectos de Salta |
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DOSSIER 10 |
MANUAL DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL ARQUITECTO |
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OCTUBRE 05 |
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GENTILEZA DEL |
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C.E.P.A.U. |
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MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCION (3º PARTE) |
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A- 201 CONTRATO DE
CONSTRUCCION POR AJUSTE ALZADO: CONTRATISTA UNICO (3º PARTE) |
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10.06 Trabajos con materiales no conforme con lo
especificado |
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11.03 Trabajos no concordantes con la documentación
contractual |
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12.05 Planos y trámites ante empresas prestatarias
de servicios |
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12.06 Planos de construcciones
temporarias, de taller y de montaje |
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MODELOS DE CONTRATO |
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A- 201 CONTRATO DE CONSTRUCCION POR AJUSTE ALZADO:
CONTRATISTA UNICO (3º PARTE) |
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A B C |
El Contratista será
el responsable directo de que se cumplan las prohibiciones prescriptas por
los instrumentos oficiales vigentes, entre otras: ·
prohibir la existencia de cualquier tipo de combustible líquido
en recipientes que no sean metálicos,
con sus correspondientes tapas a rosca o resorte. ·
prohibir la utilización de nafta o solventes para la limpieza de
pisos, herramientas, piezas, etc. ·
prohibir el uso de instalaciones eléctricas, incluso elementos
y/o herramientas fijas o portátiles,
que no estén en perfectas condiciones, con sus llaves e interceptores,
fusibles, puesta a tierra, etc., para evitar chispas, cortocircuitos,
recalentamientos, etc. La ubicación de conductores, cajas de contacto, etc.,
estará dispuesta fuera de posibles tropiezos o manoseos indebidos. ·
prohibir la ejecución de trabajos en los artefactos de
iluminación o instalación eléctricas en general, sin haber efectuado previamente
el corte del suministro. Para evitar que se vuelva a conectar la corriente
mientras los trabajos están en ejecución, se colocará un rótulo con leyenda
destacada que diga: "no conectar - personal trabajando". ·
prohibir el uso de escaleras móviles de una hoja. ·
prohibir el acceso de personas ajenas a las obras en el área de
ejecución de los trabajos. El Contratista será
responsable de que en ningún momento durante la ejecución de los trabajos, su
personal o el de sus subcontratistas
esté bajo la influencia de alcohol o drogas u otras substancias intoxicantes. La DO se reserva el
derecho de aplicar multas iguales a la dispuesta en 16.03.C.e), de suspender
la ejecución de los trabajos e inclusive de solicitar al Comitente la rescisión
del contrato en cualquier momento, si observa anormalidades durante la
ejecución de los trabajos que a su juicio pueden ser causa de accidentes
graves por el incumplimiento en la aplicación de las normas precitadas. |
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A B |
Los plazos contractuales y los plazos de
ejecución son los períodos asignados en el contrato para completar total o parcialmente
la obra, etapas de tareas o sectores de la obra y plazos de garantía. Salvo
que se indique expresamente lo contrario, los plazos se contarán en días
corridos. Los trabajos serán
totalmente ejecutados dentro del o de los plazos contractuales que figuran en
la Cláusula Sexta de la Contrata de obra más las prórrogas que pueda acordar
el Comitente. |
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A l B l C D E µ |
Dentro del plazo
convenido en la Cláusula Sexta de la
Contrata de obra, el Contratista se constituirá junto con la DO en el lugar
de ejecución de los trabajos para suscribir el acta de iniciación de los
trabajos, cuya fecha será la fecha cierta a partir de la cual se contarán los
plazos contractuales. En el acta de
iniciación de los trabajos se dejará constancia : a) de la entrega del
predio o lugar de ejecución de los trabajos b) de la entrega de los
puntos fijos de planimetría y nivel. En base a estas referencias, el
Contratista efectuará el replanteo de los trabajos. El Contratista iniciará los trabajos dentro del plazo indicado
en la Cláusula Sexta de la Contrata de obra. Los trabajos de taller y/o fabricación se iniciarán teniendo en
cuenta que las provisiones serán totalmente montadas o instaladas de acuerdo
con el plan de trabajo. Si a los tres días hábiles del día indicado
como fecha tope para la iniciación de los trabajos los mismos no se hubieran
comenzado, el Comitente podrá rescindir el contrato, en cuyo caso el
Contratista responderá por los daños y perjuicios correspondientes y perderá
la garantía de cumplimiento del contrato. |
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A µ B C l D E µ F |
Dentro de los diez
días de la firma del contrato el Contratista presentará un plan de trabajo
que consistirá, salvo expresa disposición en contrario de la documentación
contractual, en un diagrama de barras, una para cada uno de los rubros o
sub-rubros cotizados y se ajustará a los plazos fijados en la Cláusula Sexta
de la Contrata de obra y a las directivas que proporcione la DO. El plan de
trabajo discriminará: ·
los trabajos a ejecutar en el sitio o lugar de la obra
directamente por el Contratista ·
los trabajos a ejecutar en el sitio o lugar de la obra por
subcontratistas ·
los trabajos o preparación de suministros a ejecutar en talleres
o fábricas, fuera del lugar de la obra, por cuenta del Contratista o de sus
subcontratistas ·
cuando corresponda, las fechas de ingreso a obra de materiales,
artefactos y equipos a suministrar por el Comitente. A pedido de la DO el
Contratista complementará el plan de trabajos con la valoración de las tareas
previstas según precio de contrato, lo que constituirá el plan de
certificaciones. La DO formulará las
observaciones que puedan merecerle ambos planes y el Contratista, ajustándose
a ellas, los rectificará según se convenga de común acuerdo. Hasta el momento
de la aprobación del plan de trabajos, el Contratista ajustará su actividad a
las directivas que en tal sentido imparta la DO En caso de que el
Contratista incurra en atrasos en el cumplimiento del plan de trabajos,
acompañará la liquidación mensual con un informe con los motivos del atraso y
las medidas propuestas para su recuperación. A pedido de la DO el Contratista
someterá a su consideración y aprobación un nuevo plan de trabajo. El Contratista podrá,
sin requerir autorización previa del Comitente, superar la certificación
acumulada prevista en al plan de certificaciones hasta en un 5%. Si superase
este porcentaje sin autorización del Comitente, éste podrá demorar los pagos
correspondientes al porcentaje excedido. La aprobación del plan de trabajo por la DO no aminora las
responsabilidades del Contratista por el cumplimiento del mismo. |
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A B |
Cuando existan plazos
parciales para determinados trabajos
o etapas y éstos no fuesen cumplidos por el Contratista, éste
incurrirá automáticamente en mora sin necesidad de notificación alguna, con
las sanciones y consecuencias previstas en 16.03.C.b) Si a la expiración
del plazo contractual más las prórrogas que el Comitente pueda haber
acordado, los trabajos no estuviesen terminados, el Contratista incurrirá
automáticamente en mora, sin necesidad de notificación alguna, con las
sanciones y consecuencias previstas en 16.03.C.c) |
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A B l µ C |
Son causales de prórroga,
siempre que a criterio de la DO afecten realmente la ejecución de los
trabajos, las siguientes circunstancias : a) falta notoria,
prolongada o imprevisible de materiales b) huelga general o de
los gremios afectados a los trabajos, paros de transporte o paros parciales
muy extendidos c) días de lluvia que
superen el promedio estadístico para el lugar y el mes. Se considerará día de
lluvia aquél en el que la precipitación sea superior a los 3 mm y no se
considerarán pedidos de prórroga cuando los trabajos se ejecutan bajo techo. d) ejecución de trabajos
por modificaciones del contrato, siempre que en la orden de servicio se
hubiere concedido la prórroga respectiva e) suspensión de los
trabajos ordenada por la DO a efectos de estudiar modificaciones o dar
solución a problemas imprevistos que impidan el normal desarrollo de los
trabajos f)
caso fortuito o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas y el artículo 514 del Código Civil. Si por cualquier
causa el Contratista estimase que tiene derecho a prórroga asentará el pedido
en el cuaderno de notas de pedidos dentro de los tres días hábiles de
producidas las causas que lo motivan. La evaluación de las causas y la
cuantificación de la prórroga quedarán a juicio de la DO, que elevará los antecedentes
al Comitente para su consideración. Las prórrogas de los
plazos contractuales no darán lugar al reconocimiento de gastos
improductivos. |
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A B C |
Los trabajos serán
ejecutados de acuerdo con el plan de trabajo. El abandono de la obra o la
suspensión de los trabajos por parte del Contratista dará derecho al
Comitente de rescindir el contrato cuando se cumpla el extremo establecido en
17.03.A.c) El Comitente podrá
suspender parcial o totalmente los trabajos en cuyo caso el Contratista
tendrá derecho a rescindir el contrato cuando se alcance el extremo
establecido en 17.04.A.c) Si el Comitente ordenase
la suspensión provisoria de los trabajos, el Contratista mantendrá la
vigilancia y cuidado de la obra durante el período de suspensión, lo que
originará una prórroga automática de los plazos contractuales y le dará
derecho al Contratista al reclamo de gastos improductivos. |
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A B C n |
El Contratista recuperará
los atrasos en que pueda incurrir mediante la aplicación de alguno o varios
de los procedimientos que siguen, en todos los casos a su exclusivo cargo y
costo, incluyendo los recargos de ley que correspondan a su personal por
trabajar en horas extra o turnos especiales : a) racionalización de
los trabajos y equipos en obra y obrador b) incremento de la
cantidad de personal y/o equipos c) horas extra y/o
turnos especiales. El Contratista se hará cargo de los recargos y otros gastos que el
Comitente deba abonar a inspectores y/o sobrestantes y/o al personal de la DO
para control de los trabajos que por pedido del Contratista sean ejecutados
en días no laborables, turnos especiales u horas extra. La suma resultante será descontada por el
Comitente de] primer certificado a pagar al Contratista. Si el trabajo fuera
de los horarios habituales fuere ordenado por la DO a pedido del Comitente,
éste se hará cargo de la mayor retribución a abonar
a inspectores y/o sobrestantes y/o al personal de la DO. |
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A B C D |
Los costos y gastos
que se originen con motivo del cumplimiento de las disposiciones que figuran en esta Sección se considerarán
incluidos y prorrateados dentro de los precios cotizados, salvo que en la
oferta del Contratista figuren como ítems separados. Antes de iniciar los trabajos
de excavación y/o construcción, el Contratista efectuará las demoliciones y
extracciones que fueren necesarias, retirará los residuos, escombros, y
malezas, rellenará los huecos y hondonadas, limpiará el terreno y cegará los
pozos negros que puedan existir. Los trabajos
mencionados en B, que no figuren en planos u otros elementos de la
documentación contractual y/o que no hubiere sido posible apreciar previo al
inicio de la obra por permanecer ocultos, serán reconocidos como
modificaciones del contrato. El Contratista
cumplirá la disposición municipal de no depositar materiales en la vía
pública y será responsable del pago de las multas que pueda aplicar la
autoridad municipal a él, al Comitente o a la DO. |
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A B C D E F l G |
Será por cuenta del
Contratista la ejecución de los trabajos de extracción y demolición indicados
en la documentación contractual, los que se realizarán hasta los niveles de
fundación del edificio a construir incluyendo bases, vigas de fundación,
troncos de columnas, etc. El Contratista realizará
los trabajos de demolición y reconstrucción de los muros medianeros o
divisorios de acuerdo con lo previsto
en la documentación contractual, estando a su cargo, inclusive, los costos y
gastos necesarios para dejar las propiedades vecinas en las mismas
condiciones en que se encontraban. El Contratista
realizará los trabajos dentro de las normas técnicas de práctica, cumplirá
con las leyes, ordenanzas y reglamentos en vigor, nacionales, provinciales y
municipales y será único responsable por las infracciones cometidas. Las instalaciones de
suministro de gas, agua, electricidad, cloacas, etc., serán anuladas cuando
corresponda, debiendo el Contratista efectuar las conexiones o extensiones
necesarias para la obra y obrador y las definitivas que correspondan a los
rubros a su cargo. Todos los materiales valiosos, fósiles, objetos de interés
arqueológico, histórico o geológico, depósitos y objetos antiguos o de valor
que, habiendo estado ocultos provengan de las excavaciones y otros trabajos
durante la ejecución de la obra, pertenecerán al Comitente y no podrán ser
retirados del sitio de la obra sin su consentimiento previo. El Contratista
tomará todas las precauciones razonables para impedir que su personal u otras
personas retiren o dañen cualquiera de tales artículos u objetos. Los materiales artefactos y equipos proven |