Colegio de Arquitectos de Salta    

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DOSSIER 5

MANUAL DEL EJERCICIO

PROFESIONAL DEL ARQUITECTO

MARZO 05

GENTILEZA DEL

C.E.P.A.U.

MODELOS DE CONTRATOS

(3º PARTE)

 

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·         MODELOS DE CONTRATOS

Introducción

 

 

 

 

 

 

 

 

·        DOCUMENTO A-306 - CONTRATO DE PROYECTO Y CONSTRUCCION

CLAUSULA 1  -  OBJETO DEL CONTRATO

CLAUSULA 2 -  MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO

CLAUSULA 3 -  GARANTIAS Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS

CLAUSULA 4 -  PLAZOS CONTRACTUALES

CLAUSULA  5 -  DOCUMENTACION CONTRACTUAL

CLAUSULA 6  -  DOCUMENTACION DE PROYECTO

CLAUSULA 7  -  OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA P&C

CLAUSULA 8 -  OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL COMITENTE

CLAUSULA 9 -  PROVISIONES POR EL COMITENTE

CLAUSULA 10 -  MODIFICACIONES DEL CONTRATO

CLAUSULA  11 -  GARANTIAS Y SEGUROS

CLAUSULA  12 -  PRECIOS. LIQUIDACION Y PAGO DE LOS TRABAJOS.

CLAUSULA 13 -  RECEPCION DE LOS TRABAJOS

CLAUSULA 14 - AJUSTE DE CUESTIONES  

CLAUSULA 15 - OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES

 

MODELOS DE CONTRATOS – 3º PARTE

La adaptación de este modelo de contrato a singularidades propias del encargo debe efectuarse con el máximo cuidado para mantener la coherencia de sus textos y la consistencia de la terminología empleada. Previo a la suscripción del contrato, siempre es recomendable la consulta con un abogado.

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·        DOCUMENTO A-306 - CONTRATO DE PROYECTO Y CONSTRUCCION

El documento A-306 ha sido previsto para su utilización en proyectos y obras de mediana envergadura y complejidad y puede constituir una buena base para encargos con mayores exigencias. Dado que la presente edición incluye el documento A-308, previsto para encargos de menor complejidad, se recomienda el examen comparado de ambos para establecer, en cada caso, la utilización de uno u otro.

El documento A-306 está compuesto por:

-       un encabezamiento para incorporar la identificación y domicilio de las partes.

-       quince cláusulas, que presentan las siguientes características:

·           nueve cláusulas están constituidas por “textos cerrados” que no requieren complemento alguno, con disposiciones que incluyen condiciones generales, prescripciones arancelarias o la doctrina del Consejo.

·           cinco cláusulas incluyen disposiciones con espacios libres para incorporar la información específica del encargo, además de otras disposiciones de “texto cerrado”. 

·           una cláusula final, denominada “Otros acuerdos de las partes”, que es el lugar indicado para que las partes registren: a) los agregados y supresiones que consideren necesarios para ajustar los listados de la Cláusula 6 a los requerimientos del encargo, b) la modificación o anulación de disposiciones existentes, c) disposiciones adicionales.  

         el cierre, para incorporar el lugar y fecha de la firma del contrato.

Se desea destacar que el modelo de contrato A-306 ha sido formulado bajo el supuesto de que el comitente ha aprobado previamente una documentación preliminar preparada por el arquitecto, circunstancia prevaleciente en este tipo de encargos y necesaria por otra parte, para convenir por ejemplo, los precios y plazos contractuales. Para formalizar el acuerdo del arquitecto y su comitente durante esta etapa previa, el Consejo ha editado el documento “Contrato de anteproyecto”.

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Entre el/los arquitectos……….………………......................………....…….…….....………., en adelante el “Contratista P&C”, con domicilio en……………................……………......…………………. por una parte y por la otra…………………………………….…………..….……..................………, en adelante el “Comitente”, con domicilio en………………………….............…………………… convienen celebrar el presente contrato de locación de obra, de acuerdo con las cláusulas que siguen.

 

CLAUSULA  1.   OBJETO DEL CONTRATO

1.1. 

El Comitente encarga al Contratista P&C y éste acepta la encomienda de ejecución de la documentación de proyecto y construcción por ajuste alzado de la obra ubicada en ........................................................... en base al anteproyecto y demás elementos que se anexan firmados por las partes.

1.2.

La documentación de proyecto se basará en el anteproyecto, la oferta y demás elementos confeccionados por el Contratista P&C y aprobados por el Comitente, que se anexan firmados por las partes y que consta de los siguientes elementos:..........….......................................………

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CLAUSULA  2.   MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO

2.1.

El Contratista P&C se compromete a ejecutar los trabajos que se contratan por un total de ..........….......…… ……………………...............…….............……incluido el impuesto al valor agregado, de acuerdo con su oferta de fecha …….......….……..

2.2

El monto del contrato será reajustado aplicando el procedimiento dispuesto en ...................... si previamente se cumplen los supuestos allí establecidos.

2.3.

El Comitente pagará las facturas emitidas por el Contratista P&C de acuerdo con el siguiente detalle:............ ……………………………………...................Los pagos serán al contado, dentro de los …....…................... días de la fecha de presentación de la factura.

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CLAUSULA 3.   GARANTIAS Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS

3.1

Antes del comienzo de la obra el Contratista P&C entregará al Comitente y a su entera satisfacción, la garantía de cumplimiento de contrato que será equivalente al ...…………................. por ciento del monto del contrato.

3.2

El fondo de reparos será equivalente al......……….......... por ciento de los montos certificados.

3.3

El plazo de garantía será de …........……...……............... días a contar de la fecha de la recepción provisoria de la obra. 

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CLAUSULA  4.   PLAZOS CONTRACTUALES

4.1.

El Contratista P&C cumplirá sus obligaciones dentro de los siguientes plazos: a) confección de las documentaciones de proyecto mencionada en 6.1 y 6.2 en términos tales que permitan la iniciación de la obra y el cumplimiento en término del plan de trabajos, contemplando lapsos razonables para que el Comitente proceda a su revisión y aprobación; b) iniciación de la construcción de la obra, dentro de los..….……...días de la fecha del contrato; c) terminación de la obra, dentro de los .....................días a contar de la fecha de iniciación de la obra. El Contratista P&C ajustará su actividad al cronograma mencionado en 6.1- 6.

4.2.

Los plazos se contarán en días corridos. Serán causal de prórroga a los plazos establecidos, siempre que originen demoras a las tareas de documentación de proyecto o a la ejecución de la obra: a) los lapsos empleados por el Comitente y los entes con jurisdicción sobre la obra para responder consultas u otorgar aprobaciones, b) los lapsos necesarios para el estudio de modificaciones solicitadas por el Comitente o motivadas por problemas del terreno, c) los días de huelga general, de gremios de la construcción o de paros de transporte, d) los días de lluvia y sus consecuencias, que excedan los promedios estadísticos, e) los atrasos causados por la provisión de materiales o equipos que provea el Comitente, f) los lapsos por motivo de caso fortuito o causa mayor. 

4.3.

Si por cualquier causa que pueda justificar, el Contratista P&C estimase que tiene derecho a una prórroga deberá comunicarlo por escrito al Comitente dentro de los tres días de producida la causa. El Comitente otorgará la prórroga solicitada o fundamentará su rechazo por escrito dentro de los tres días de recibida la solicitud, de lo contrario la prórroga se considerará concedida.

4.4

El Comitente podrá aplicar al Contratista P&C, por incumplimiento de los plazos indicados en 4.1, las multas siguientes: a) una multa de …...................….. pesos por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos indicados en 4.1 a) y b); b) una multa de ............. pesos por cada día de atraso en la terminación de la obra.

4.5

La aplicación de las multas indicadas en 4.4 a) quedará en suspenso hasta la terminación de la obra o, en su caso, hasta la fecha de rescisión por causa del Contratista P&C. En caso de que la terminación de la obra excediese el plazo contractual, más las prórrogas que hubieren sido acordadas, el Comitente aplicará sólo las multas indicadas en 4.4. b) El monto de la multa será debitado por el Comitente del primer pago que deba efectuar al Contratista P&C o, en su caso, de los créditos y garantías disponibles. 

4.6

El Contratista P&C podrá acreditar un día de prórroga a los plazos indicados en 4.1. por cada día de atraso en que incurra el Comitente en el cumplimiento de las obligaciones de pago dispuestas en 2.3.

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CLAUSULA  5.   DOCUMENTACION CONTRACTUAL

5.1

Integran la documentación contractual los siguientes instrumentos: a) el presente contrato, b) la documentación mencionada en 1.2, c) la oferta formulada por el Contratista P&C, cuyo monto total figura en 2.1, que se anexa firmada por las partes.

5.2

Formarán parte de la documentación contractual los siiguientes instrumentos: a) la documentación de proyecto a confeccionar por el Contratista P&C de acuerdo con lo establecido en 6.1 y 6.2, que se anexará al contrato firmada por las partes, b) las modificaciones al contrato firmadas por las partes, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 10, c) los certificados presentados por el Contratista P&C de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 12, d) las actas de recepción provisoria y definitiva y el certificado final a practicar por el Contratista P&C de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 13, e) las comunicaciones escritas entre las partes.

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CLAUSULA  6.   DOCUMENTACION DE PROYECTO

6.1

Documentación de proyecto es el conjunto de elementos gráficos y escritos que definen con precisión el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarla bajo la dirección de un profesional. La documentación de proyecto será ejecutada por el Contratista P&C en base a la documentación mencionada en 1.2 y constará, excepto en el caso en que el tipo de obra lo haga innecesario, de los elementos que figuran en 1 a 6 y en el subsiguiente 6.2.

1.    Planos generales, de construcción y de detalle

Terreno y muros linderos.

Replanteo de todas las plantas y de las submuraciones.

Replanteo de todas las elevaciones, detalles de fachada.

Replanteo de los cortes necesarios, detalles de cortes.

Replanteo de instalaciones y cielorrasos suspendidos, cuando corresponda.

Detalles de locales: escaleras, pasadizos, salas de máquinas, plenos con montantes y/o ventilaciones, locales sanitarios y especiales: plantas, cortes y detalles.

Detalles de obra gruesa: muros, chimeneas, remates.

Detalles de terminaciones: pisos, zócalos, revoques, revestimientos, mesadas, cielorrasos.

Detalles de cubiertas, aislaciones, zinguerías.

Planilla de locales.

Carpinterías: planos, planillas y detalles de los diferentes tipos con indicación de dimensiones, materiales, accionamientos, herrajes, otros componentes, acabados.

Cerramientos especiales, protecciones, herrerías y similares.

Planillas de equipamiento fijo, p. ej.: grifería y artefactos sanitarios, artefactos de iluminación.

Obras exteriores: caminos, senderos, veredas, canteros.

2.    Planos y planillas de estructuras

Cálculo y dimensionamiento de las piezas estructurales.

Replanteo de los elementos estructurales: plantas, cortes y detalles.

3.    Planos y planillas de instalaciones 

Cálculo y dimensionamiento de los elementos componentes.

Planos generales de las instalaciones, comprendiendo plantas y cortes.

Planos generales y/o de detalles particularizados, por ejemplo: de montantes, plenos, acometidas.

-           Planos de salas de máquinas

-           Detalles

-           Diagramas de funcionamiento y planillas de elementos componentes

4.    Planos y planillas de otras especialidades

Parquización, equipamientos, señalización, otros.

5.    Memoria descriptiva, incluyendo:

-           descripción de los aspectos funcionales y reglamentarios del proyecto

-           memoria de cálculo de la estructura

-           memorias de todas las instalaciones incluyendo criterio adoptado, descripción, memoria de cálculo y operación.  

-           planilla de superficies conforme al programa

-           la especificación de los materiales, cerramientos, instalaciones, equipos, terminaciones y demás elementos característicos de la obra.

 

6.   Plan de Trabajo:  incluyendo rubros e items más representativos y certificaciones mensuales previstas.

6.2

El Contratista P&C tendrá a su cargo y costo la ejecución de los planos y trámites necesarios para cumplir las reglamentaciones municipales y los requerimientos de las empresas prestatarias de servicios para la obtención de los permisos y aprobaciones necesarios, desde el comienzo de la obra hasta su terminación y obtención de los permisos o certificados finales que correspondan. 

6.3

El anteproyecto y la documentación de proyecto no podrán ser utilizados ni enajenados por el Comitente a efectos de su utilización para otros proyectos o para proseguir el proyecto o las obras sin la intervención del Contratista P&C, excepto: a) si existe un acuerdo escrito, b) en caso de rescisión del contrato por causa del Contratista P&C.  

6.4

La documentación gráfica que integra el contrato, así como la conformación y características de la obra como instrumento de las tareas objeto del contrato, son propiedad intelectual del Contratista P&C, quien tiene derecho de registrar, reproducir y publicar por cualquier medio el proyecto, la obra en construcción y el edificio terminado.

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CLAUSULA 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA P&C

7.1

El Contratista P&C se obliga a: a) manejar con la mayor discreción los fondos destinados a desembolsos por los trabajos a su cargo, quedando obligado a rendir cuentas claras y precisas dentro de los ………… días a contar de la entrega de los fondos por el Comitente, b) subsanar los errores  que pudiere haber cometido, c) mantener confidencialidad respecto a toda circunstancia relacionada con el Comitente, excepto obligación legal.

7.2

El Contratista P&C será responsable por la construcción de los trabajos. A tal efecto, por sí o por medio de sus representantes controlará la ejecución de los trabajos y su correspondencia con la documentación contractual.

7.3

El Contratista P&C mantendrá informado periódicamente al Comitente acerca del avance de los trabajos, de cualquier demora que se origine y de las previsiones a adoptar para subsanarla.

7.4

El Contratista P&C será responsable por los procedimientos constructivos y por la coordinación y conducción de los trabajos y garantizará al Comitente: a) que los materiales y equipos a incorporar a la obra serán de la calidad especificada y nuevos, salvo que en otro elemento de la documentación contractual se disponga otra cosa, b) que la construcción no presentará fallas ni defectos y se obliga a corregir o reconstruir los trabajos que presenten tales fallas o defectos y los que no estén de acuerdo con la documentación contractual. En caso de diferencias en la interpretación de este punto se recurrirá a lo previsto en 14.1.

7.5

El Contratista P&C está obligado a: a) cumplir las disposiciones de las leyes, decretos y todo otro instrumento oficial vigente en materia laboral, previsional e impositiva, lo que podrá ser controlado por el Comitente, b) cumplir las normas de seguridad e higiene del trabajo, ART y demás disposiciones oficiales que rijan en el ámbito de la obra y exigir a todo el personal su acatamiento, c) hacerse responsable de cualquier infracción a las disposiciones vigentes en relación con sus obligaciones de este contrato y pagar las multas emitidas a su nombre o a nombre del Comitente durante el lapso de vigencia del presente contrato. 

7.6

El Contratista P&C está obligado a adoptar las precauciones para prevenir y mantener condiciones de seguridad en obra y obrador, de lo que será único responsable, a efectos de: a) evitar daños o accidentes a su personal y al de sus subcontratistas, al Comitente y a terceros, b) evitar daños a los bienes y cosas propias, de sus subcontratistas, del Comitente o de terceros, c) evitar daños o accidentes a bienes y personas en predios linderos y vía pública. A tal efecto proveerá todos los dispositivos, equipos y servicios que prescriben las normas oficiales.

7.7

El Contratista P&C dispondrá que durante la jornada de trabajo haya permanentemente en obra un representante que tenga a su cargo la conducción del personal y la supervisión de los trabajos. El personal estará constituido por operarios competentes en sus respectivas especialidades, en suficiente cantidad para asegurar el cumplimiento de los plazos contractuales.

7.8

El Contratista P&C proveerá e instalará el cartel y el cerco de obra de acuerdo con las disposiciones vigentes; mantendrá la obra y obrador en buenas condiciones y salubridad, y a su terminación la entregará en perfectas condiciones de limpieza, incluyendo todas sus partes y elementos constitutivos. El Contratista P&C mantendrá en la obra a disposición del Comitente una copia de todos los elementos integrantes de la documentación contractual.

7.9

El Contratista P&C será responsable por: a) el pago de los salarios y aportes del personal, siendo el incumplimiento causal de suspensión de los pagos por el Comitente, b) la vigilancia de la obra y por los daños, deterioros, pérdidas y substracciones que puedan sufrir los materiales, equipos y todo otro elemento existente en obra u obrador, de su propiedad, de propiedad de sus subcontratistas o de propiedad del Comitente.

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CLAUSULA 8. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL COMITENTE

8.1

En caso de que, por cualquier motivo, el Comitente desistiese de la ejecución de la obra, abonará al Contratista P&C los honorarios por anteproyecto y por la documentación de proyecto según su grado de avance y de acuerdo con el monto cotizado.

8.2

El Comitente tendrá a su cargo el pago de los derechos municipales de construcción.

8.3

El Comitente tendrá a su cargo, previo acuerdo con el Contratista P&C, el pago de los honorarios y gastos que se originen con motivo de: a) la introducción de modificaciones a la documentación de proyecto aprobada o en ejecución siempre que motiven la reejecución de tareas o la ejecución de nuevas tareas por el Contratista P&C, b) cualquier nuevo elemento que solicite agregar a la documentación de proyecto  detallada en 1.2.

8.4

El Comitente se obliga a: a) cooperar con el Contratista P&C en las tramitaciones que requieran su participación y b) responder con razonable prontitud a sus consultas y requerimientos.

8.5

Si el Contratista P&C desconociese una orden para corregir o reconstruir trabajos cuya ejecución no respetase las disposiciones de la documentación contractual, el Comitente podrá ordenarle la suspensión inmediata de los trabajos hasta que las causas que la motivaron sean superadas.  

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CLAUSULA 9.   PROVISIONES POR EL COMITENTE

9.1

Esta cláusula será de aplicación en caso de que el Comitente suministre materiales y/o equipos.

9.2

Las provisiones a cargo del Comitente convenidas antes de la firma del contrato deberán figurar en instrumento anexo al mismo.

9.3   

Para suministrar materiales y/o equipos luego de la firma del contrato el Comitente deberá contar con la previa conformidad del Contratista P&C.

9.4

El Contratista P&C programará y coordinará con el Comitente el ingreso a obra de los materiales, artefactos y equipos provistos por su cuenta, se encargará de su descarga y almacenamiento e informará en caso de incumplimiento en las fechas de entrega que afecten el plan de trabajo, teniendo en tal caso derecho a la prórroga del plazo que corresponda, siempre que la solicitud se ajuste a lo dispuesto en 4.3.   

9.5

El Contratista P&C rechazará los materiales y equipos provistos por el Comitente que presenten fallas o defectos, y si advierte diferencias en la cantidad y/o calidad respecto a la especificada lo informará al Comitente, efectuando las salvedades correspondientes. Será responsable por la mala colocación o instalación de provisiones, materiales o equipos suministrados por el Comitente y por su colocación en caso de que presenten fallas o defectos, en el caso de que estos sean aparentes. 

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CLAUSULA  10.   MODIFICACIONES DEL CONTRATO

10.1

El Comitente podrá solicitar la ejecución de modificaciones o trabajos que impliquen adicionales o economías a los precios y plazos contractuales. En tal caso el Contratista P&C preparará una propuesta por modificaciones al contrato que presentará al Comitente dentro de los tres días y de acuerdo con lo  dispuesto en las restantes disposiciones de esta Cláusula.

10.2

Si el Contratista P&C debiese formular una requisitoria por modificaciones al contrato, lo hará dentro de los tres días de la aparición de la causa, por escrito, justificando los motivos e incluyendo: a) la descripción de la ampliación, reducción o modificación, acompañada por los planos, croquis y especificaciones necesarios, b) un presupuesto con el monto adicional o la economía que corresponda, c) la extensión o acortamiento del plazo contractual que pueda corresponder. 

10.3

Cuando las modificaciones al contrato correspondan a items de la oferta, los adicionales o economías se calcularán con los precios unitarios que rijan para dichos items, siempre y cuando niguna de las partes objete fundadamente el procedimiento. Si corresponden a items no  previstos en la oferta, el precio deberá ser calculado, si fuere posible, partiendo de los precios de la oferta correspondientes a trabajos análogos o semejantes y si esto no fuere posible, mediante análisis de precios detallando costos de materiales, mano de obra y un 15% por concepto de gastos generales y beneficio.  

10.4

En todos los casos y antes de iniciar los trabajos respectivos, el Contratista P&C deberá contar con la aprobación escrita de su propuesta por parte del Comitente. Ningún reclamo será reconocido por el Comitente si no cumple este procedimiento, salvo cuando una emergencia obligue a la ejecución inmediata de trabajos necesarios para preservar la seguridad de las personas o de los bienes de las partes o de terceros.

10.5

El Contratista P&C tendrá derecho a introducir cambios menores en el diseño o especificación siempre que sean aprobados por el Comitente. Si los cambios implican modificación de los precios o plazos contractuales será de aplicación lo dispuesto en 10.2 y requerirán la aprobación del Comitente.   

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CLAUSULA  11.   GARANTIAS Y SEGUROS

11.1

El Contratista P&C será único responsable y deberá mantener libre de reclamos al Comitente por los daños y perjuicios que deban ser afrontados como consecuencia de cualquier accidente o lesión de su personal o el de sus subcontratistas y por todo otro reclamo, demanda, actuación judicial o extrajudicial, costas y gastos de toda índole, originados por la ejecución de los trabajos a su cargo. A tales efectos contratará y mantendrá vigentes seguros contra accidentes de acuerdo con las obligaciones emergentes de las leyes 24.028 y 24.457 de creación de las ART y la Ley 9.688 por lo conceptos: indemnización por muerte, incapacidad permanente total o parcial, incapacidad temporaria y asistencia médico-farmacéutica.

11.2

El Contratista P&C será único responsable y deberá contratar los seguros que amparen a ambas partes por los daños y perjuicios que deban afrontar como consecuencia de a) la destrucción total o parcial de los trabajos ejecutados o en ejecución a su cargo y de los materiales y equipos depositados en la obra, o por los daños que en ellos se originen por incendio, inundación, robo y cualquier otro concepto que las partes convengan previo a la firma del contrato, b) por accidentes a las personas y daños a los bienes en predios linderos y vía pública, originados por la ejecución de los trabajos a su cargo.  

11.3

El Contratista P&C contratará los seguros con compañías de primera línea a satisfacción del Comitente, a quien presentará las pólizas con las facturas y recibos correspondientes. Los seguros serán “a valor de reposición” y estarán vigentes desde la fecha de iniciación de la obra hasta la fecha de su recepción provisoria.

11.4

La garantía de cumplimiento de contrato será destinada para responder por el pago de a) los créditos a favor del Comitente que puedan subsistir una vez agotado el fondo de reparo, b) las multas dispuestas en 4.1 y 4.2, c)  los costos y gastos emergentes de la rescisión del contrato por culpa del Contratista. La garantía de cumplimiento de contrato o su saldo remanente será devuelta a la recepción definitiva de la obra.

11.5

Para constituir el fondo de reparo el Comitente retendrá el porcentaje establecido en 3.3 sobre los montos de los certificados de obra y de modificaciones al contrato. El fondo de reparos será destinado para atender la reparación de los vicios o defectos producidos en la ejecución de los trabajos por deficiente mano de obra o mala calidad de los materiales empleados, en el caso de que tales reparaciones no sean efectuadas en tiempo y forma por el Contratista P&C. El fondo de reparo constituido en efectivo podrá ser canjeado por una garantía sustitutiva a la recepción provisoria de la obra, con vigencia hasta la recepción definitiva.

11.6

Las garantías de cumplimiento de contrato y sustitutiva del fondo de reparos podrán constituirse, de las maneras siguientes: a) mediante póliza de seguro de caución, b) en otra forma que proponga el Contratista P&C, que sea aceptada por el Comitente.

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CLAUSULA 12. PRECIOS. LIQUIDACION Y PAGO DE LOS TRABAJOS.

12.1

El precio del contrato no sufrirá modificaciones, salvo las que se puedan introducir de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 10 y/o en las disposiciones 2.2 y 12.3.

12.2

Salvo que en el contrato se disponga otra cosa, los precios de la oferta incluirán: a) los honorarios y gastos por la confección de la documentación de proyecto, cuyo monto deberá figurar discriminado en la oferta del Contratista P&C, b) la planialtimetría del terreno, c) ensayo y estudio de suelos, d) los derechos, tasas y cualquier otro tributo que perciban los entes y empresas con jurisdicción sobre la obra, incluyendo derechos de conexión y excluyendo los derechos municipales de construcción, e) agua de construcción y energía de obra, f) todos los costos y gastos correspondientes a materiales, enseres, herramientas y equipos, fletes, mano de obra y cargas sociales, g) los seguros dispuestos en 10.3, h) todo otro costo o gasto, aunque no cuente con item específico en la oferta del Contratista P&C, que sea necesario para la terminación de los trabajos de acuerdo con su fin y su aprobación por los entes a cargo de su fiscalización o para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato, i) gastos financieros, generales y beneficios, j) el impuesto al valor agregado vigente a la fecha del contrato.

12.3

El Contratista P&C será único responsable por el pago de los impuestos, derechos y todo otro concepto por tributo concerniente a su actividad profesional y empresaria, conceptos que se considerarán incluidos y prorrateados entre los precios de la oferta. La modificación o supresión de tales tributos o la vigencia de otros nuevos no serán motivo para la modificación del precio contractual, excepto en el caso de modificación de la tasa del IVA, lo que dará lugar a ajustes en más o en menos en la misma proporción y a partir de la fecha de vigencia de la modificación.

12.4

El Contratista P&C presentará liquidaciones al Comitente dentro de los primeros cinco días de cada mes, las que certificarán que los trabajos han progresado hasta las cantidades o porcentajes indicados y que concuerdan con la documentación contractual. Las liquidaciones serán provisorias y quedarán sujetas a revisión hasta la aprobación del certificado final de obra.

12.5

La cantidad de los trabajos será determinada por separado para cada uno de los items cotizados.  Al monto total de la liquidación se le deducirá el importe correspondiente al fondo de reparos dispuesto en 11.5 y el importe neto resultante será facturado por el Contratista P&C. Los pagos efectuados por el Comitente no implicarán la aceptación de los trabajos liquidados y serán susceptibles de rectificación hasta la aprobación del certificado final de obra. 

12.6

El Comitente podrá demorar el pago de una factura para protegerse contra presumibles pérdidas debidas a: a) trabajos defectuosos no corregidos ni reconstruidos por el Contratista P&C, b) daños producidos a terceros o a propiedades del Comitente no cubiertos por los seguros a cargo del Contratista P&C, c) incumplimientos del Contratista P&C en los pagos a su personal, proveedores o subcontratistas. En estos casos el Comitente dejará constancia de las razones que motivaron la demora en el pago, la que se mantendrá mientras subsista la causa que la motivó y no generará intereses a favor del Contratista P&C.

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CLAUSULA 13.   RECEPCION DE LOS TRABAJOS

13.1

El Contratista P&C acordará con el Comitente la fecha para realizar una inspección conjunta para comprobar la terminación de la obra de acuerdo con la documentación contractual. Si el Comitente considera  que la obra está terminada y que no presenta fallas o defectos o que estos son menores, las partes suscribirán un acta de recepción provisoria, a partir de cuya fecha comenzará a correr el lapso de garantía. El Comitente tomará posesión de la obra y asumirá sus responsabilidades con respecto a seguros, seguridad, mantenimiento y correcto uso del edificio y sus instalaciones

13.2

Cuando corresponda, el acta incluirá un listado de las fallas o defectos menores y el plazo convenido para subsanarlos. No se considerarán fallas o defectos menores los que puedan dificultar el uso de la obra por el Comitente, y en caso de que la obra presentase fallas importantes o un número considerable de defectos menores se considerará como no terminada, postergándose la recepción provisoria hasta que tales fallas o defectos sean corregidos.

13.3

La toma de posesión de la obra por parte del Comitente implicará la recepción provisoria de la misma.

13.4

Durante el plazo de garantía establecido en 3.3 el Contratista P&C estará obligado a rehacer o reparar a satisfacción del Comitente todos aquellos deterioros que se hubieren producido o se produjeren, sea por deficiente calidad de los materiales, mala ejecución de los trabajos o cualquier otra causa no imputable al uso incorrecto por parte del Comitente. En caso de que las fallas o defectos no fueren subsanados dentro del plazo acordado, el Comitente podrá corregirlos con personal propio o de terceros, disponiendo para ello del fondo de reparos y de todo otro crédito disponible, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.

13.5

Dentro de los quince días de la fecha de la recepción provisoria el Contratista P&C emitirá el certificado final de obra. En caso de que arroje un crédito a su favor, el mismo será facturado y el Comitente deberá abonarlo dentro del plazo estipulado en 2.3. En caso de que arroje un crédito a favor del Comitente, el Contratista P&C deberá saldarlo dentro del mismo plazo que el señalado en 2.3 para el pago de las obligaciones por el Comitente, de lo contrario éste lo deducirá de los créditos y garantías disponibles.

13.6

Transcurrido el plazo de garantía, si los trabajos están en condiciones de ser recibidos las partes suscribirán el acta de recepción definitiva en la que se dejará constancia de: a) que los trabajos fueron ejecutados de acuerdo con la documentación contractual, b) el acuerdo de las partes con respecto al certificado final de obra, c) que las fallas o defectos menores que eventualmente hubieren figurado en el acta de recepción provisoria fueron subsanados,  d) la devolución de las garantías o de su saldo remanente, e) la recepción por parte del Comitente de un juego de planos de arquitectura, estructura e instalaciones conforme a obra, f) la recepción por parte del Comitente de los permisos o certificados finales mencionados en 6.2.

13.7

La recepción definitiva de la obra no releva al Contratista P&C de responsabilidad por vicios ocultos o por otros defectos de las obras como consecuencia de la mala calidad de los materiales empleados o de deficiencias en la ejecución de los trabajos. Subsistirán las obligaciones del Contratista P&C de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1646 y 1647 del Código Civil.

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CLAUSULA  14.   AJUSTE DE CUESTIONES 

14.1

Para el caso de desacuerdos vinculados con aspectos técnicos relacionados con la documentación de proyecto o con la construcción de la obra, las partes acuerdan someter el caso a un Arquitecto designado de común acuerdo, quien actuará como Amigable Componedor Unico.

14.2

Para el caso de duda o disentimiento en la interpretación de este contrato, referentes a aspectos o cuestiones que sean de competencia del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, las partes acuerdan someter el caso al dictamen de dicha Entidad. 

14.3

El Comitente tendrá el derecho de desistir del contrato por su sola voluntad, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1638 del Código Civil, luego de transcurridos diez días de la comunicación fehaciente al Contratista P&C.

14.4

El Comitente tendrá el derecho de rescindir el contrato en los siguientes casos: a) si el Contratista P&C violase reiteradamente las estipulaciones contractuales, b) si el Contratista P&C abandonase la obra o suspendiese los trabajos sin causa justificada por más de ................................... días, c) si el Contratista P&C desobedeciese la orden del Comitente para la suspensión de los trabajos, según lo dispuesto en 8.5, d) en caso de que la demora incurrida por el Contratista P&C en la ejecución de los trabajos permitiese inferir, mediante peritaje según lo dispuesto en 14.1, la imposibilidad de su terminación dentro del plazo contractual, e) en caso de que las multas aplicadas de acuerdo con lo dispuesto en 4.4 y 4.5 superen el 10% del monto del contrato. En estos casos el Comitente deberá pagar los trabajos realizados en condiciones de ser recibidos y tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios.

14.5.

El Contratista P&C tendrá derecho a rescindir el contrato en los siguientes casos: a) si el Comitente violase reiteradamente las estipulaciones contractuales, b) en caso de que el Comitente ordenase la suspensión de los trabajos por un lapso que supere los ......................................... días y c) en caso de que el Comitente ordenase una desaceleración del ritmo de los trabajos que implique una disminución del ......................... % o más del monto de certificaciones previstas resultantes del plan de trabajo mencionado en 6.1- 3.

14.6

Previo a ejercer el derecho de rescisión según lo dispuesto en 14.4 y 14.5, cada parte se obliga a requerir a la otra, en forma fehaciente y bajo apercibimiento de rescisión, el cumplimiento de las obligaciones pendientes, otorgando para ello un plazo único e improrrogable de diez días.

14.7

En los casos previstos en 14.3 y 14.5 el Contratista P&C tendrá derecho al cobro de los trabajos realizados en condiciones de ser recibidos, de la parte proporcional de los trabajos en ejecución, daños y perjuicios. 

14.8

A efectos de toda cuestión emergente del contrato, las partes recurrirán a los Tribunales Ordinarios que correspondan a la jurisdicción del domicilio del Contratista P&C renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.

INDICE é

CLAUSULA 15.   OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES  

.........................................................................................................................................................................

.........................................................................................................................................................................

 

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares iguales, uno para cada parte, en la Ciudad de ..........................

....................................................... a los ............ días del mes de ......................................... de .....................

 

               .........................................................                               ........................................................

                               ARQUITECTO                                                                            COMITENTE

INDICE é

 

  

 

 

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EL PRESENTE DOSSIER FUE EXTRAIDO DEL MANUAL DEL EJERCICIO PROFESIONAL – EDICION 2.003

DEL CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

 

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