|
El documento A-308 ha sido
redactado, preferentemente, para el proyecto y dirección de obras menores,
entendiéndose por tales aquellas de reducido monto, envergadura, complejidad
y breve lapso de ejecución. No obstante, es de aplicación para otros
proyectos y obras, para los cuales, según criterio del profesional, sus
previsiones son suficientes. No debe ser considerado como un sustituto del
A-306, aplicable a proyectos y obras de mayor envergadura y/o complejidad.
Por ello, antes de decidir la utilización de uno u otro, conviene cotejar
ambos documentos; la comparación permitirá también rescatar de este último
disposiciones que puede resultar conveniente incorporar al primero.
El documento A-308 está compuesto
por:
-
un
encabezamiento para incorporar la identificación y domicilio de las partes.
-
quince
cláusulas, que presentan las siguientes características:
·
nueve
cláusulas están constituidas por “textos cerrados” que no requieren
complemento alguno, con disposiciones que incluyen condiciones generales,
prescripciones arancelarias o la doctrina del Consejo.
·
cinco
cláusulas incluyen disposiciones con espacios libres para incorporar la
información específica del encargo, además de otras disposiciones de “texto
cerrado”.
·
una
cláusula final, denominada “Otros acuerdos de las partes”, que es el lugar
indicado para que las partes registren: a) los agregados y supresiones que
consideren necesarios para ajustar los listados de la Cláusula 6 a los
requerimientos del encargo, b) la modificación o anulación de disposiciones
existentes, c) disposiciones adicionales.
–
el
cierre, para incorporar el lugar y fecha de la firma del contrato.
Se
desea destacar que el modelo de contrato A-308 ha sido formulado bajo el
supuesto de que el comitente ha aprobado previamente una documentación
preliminar preparada por el arquitecto, circunstancia prevaleciente en este
tipo de encargos y necesaria, por otra parte, para convenir los precios y
plazos contractuales. Para formalizar el acuerdo del arquitecto y su
comitente durante esta etapa previa, el Consejo ha editado el documento
“Contrato de anteproyecto” (A-302).
Entre el/los arquitectos
......……....................………............................, en adelante el
“Contratista P&C”, con domicilio
en………....................................por una parte y por la
otra................................................................., en
adelante el “Comitente”, con domicilio en…………………..........………… convienen
celebrar el presente contrato de locación de obra, de acuerdo con las
cláusulas que siguen.
INDICE é
CLAUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1 El Comitente encarga al
Contratista P&C y éste acepta la encomienda
de ejecución de la documentación de proyecto y construcción por ajuste alzado
de la obra ubicada en
.................................................................
......................................
en base al anteproyecto y demás elementos que se anexan firmados por las
partes.
1.2 El
anteproyecto confeccionado por el arquitecto y aprobado por el comitente está
constituido por los siguientes elementos: a) cómputo y presupuesto detallado
por rubros e items, b) memoria descriptiva incluyendo: (i) descripción de los
sistemas constructivos y estructura, criterios adoptados para su selección,
aspectos técnicos, características y materiales, (ii) descripción de las
instalaciones, criterios adoptados para su selección, aspectos técnicos,
características y materiales, (iii) descripción de materiales y
terminaciones, c) cómputo de superficies cubiertas y semicubiertas y d) los
planos y planillas siguientes ...............................
INDICE é
CLAUSULA 2. MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
2.1 El
Contratista P&C se compromete a ejecutar los trabajos que se contratan
por un total de ..........….......…… ……………………....incluido el impuesto al
valor agregado, de acuerdo con su oferta de fecha ..................…
2.2 El
monto del contrato será reajustado aplicando el procedimiento dispuesto en
...................... si previamente se
cumplen los supuestos allí establecidos.
2.3 El
Comitente pagará las facturas emitidas por el Contratista P&C de acuerdo
con el siguiente detalle: ...........
Los pagos serán al contado, dentro de los …....…...................
días de la fecha de presentación de la factura.
INDICE é
CLAUSULA 3. FONDO DE REPARO
Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS
3.1 El
fondo de reparos será equivalente al......………...........por ciento de los
montos certificados.
3.2 El
plazo de garantía será de …........................días a contar de la fecha
de la recepción provisoria de la obra.
INDICE é
CLAUSULA 4. PLAZOS CONTRACTUALES
4.1 El
Contratista P&C cumplirá sus obligaciones dentro de los siguientes
plazos: a) confección de los planos municipales mencionados en 6.1 dentro de
los ........... días de la fecha del
contrato, b) confección de las documentaciones de proyecto mencionada en 6.2
y 6.3 en términos tales que permitan la iniciación de la obra y el
cumplimiento en término del plan de trabajos y contemplando los plazos para
que el Comitente proceda a su revisión y aprobación; c) iniciación de la
construcción de la obra, dentro de los..….……...días de la fecha del contrato;
d) terminación de la obra, dentro de los .....................días a contar
de la fecha de iniciación de la obra. El Contratista P&C ajustará su
actividad al cronograma mencionado en 6.3.
4.2 Los
plazos se contarán en días corridos. Serán causal de prórroga a los plazos
establecidos, siempre que originen demoras a las tareas de documentación de proyecto
o a la ejecución de la obra: a) los lapsos empleados por el Comitente y los
entes con jurisdicción sobre la obra para responder consultas u otorgar
aprobaciones, b) los
lapsos necesarios para el
estudio
de modificaciones solicitadas por
el Comitente o motivadas por problemas del terreno, c) los días de huelga
general de gremios de la construcción o de paros de transporte, d) los días
de lluvia y sus consecuencias, que excedan los promedios estadísticos, e) los
atrasos causados por la provisión de materiales o equipos que provea el
Comitente.
INDICE é
CLAUSULA 5. documentacion contractual
5.1 Integran la documentación
contractual los siguientes instrumentos: a) este contrato, b) la
documentación que figura en 1.2, c) la oferta del Contratista P&C cuyo
monto total figura en 2.1, que se anexa firmada por las partes.
5.2 Formarán
parte de la documentación contractual los siguientes instrumentos: a) la
documentación de proyecto según lo establecido en la Cláusula 6, que se
anexará al contrato firmada por las partes, b) los planos municipales
aprobados, c) las modificaciones al contrato aprobadas y firmadas por las
partes, d) los certificados presentados por el Contratista P&C, e) las
actas de recepción provisoria y definitiva y el certificado final a practicar
por el Contratista P&C, f) las comunicaciones escritas entre las partes.
INDICE é
CLAUSULA 6. DOCUMENTACION DE PROYECTO
6.1 El
Contratista P&C tendrá a su cargo y costo la ejecución de los planos y
trámites necesarios para cumplir las reglamentaciones municipales y los
requerimientos de las empresas prestatarias de servicios para la obtención de
los permisos y aprobaciones necesarios, desde el comienzo de la obra hasta su
terminación y obtención de los permisos o certificados finales que
correspondan.
6.2 La
documentación de proyecto, conjunto de elementos gráficos y escritos que
definen con precisión el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarla
bajo la dirección de un profesional, será confeccionada por el Contratista
P&C en base a la documentación mencionada en 1.2 y cumplirá además la
función de exhibir ante el Comitente todos los elementos necesarios para que
cuente con una completa información con respecto al diseño arquitectónico,
estructura, sistemas constructivos, aberturas, instalaciones, materiales y
terminaciones de la obra.
6.3 La documentación de proyecto
incluirá un plan de trabajo que cumpla el plazo establecido en 4.1 y que exhiba
el avance mensual de los rubros e
items más representativos de la obra, así como las certificaciones mensuales
previstas.
INDICE é
CLAUSULA 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA P&C
7.1 El
Contratista P&C se obliga a: a) manejar con la mayor discreción los
fondos destinados a desembolsos por los trabajos a su cargo, quedando
obligado a rendir cuentas claras y precisas dentro de los ………… días a contar
de la entrega de los fondos por el Comitente, b) subsanar los errores que pudiere haber cometido.
7.2 El
Contratista P&C será responsable por la construcción de los trabajos. A
tal efecto, por sí o por medio de sus representantes controlará la ejecución de
los trabajos y su correspondencia con la documentación contractual.
7.3 El
Contratista P&C mantendrá informado periódicamente al Comitente acerca
del avance de los trabajos, de cualquier demora que se origine y de las
previsiones a adoptar para subsanarla.
7.4 El
Contratista P&C será responsable por los procedimientos constructivos y
por la coordinación y conducción de los trabajos y garantizará al Comitente:
a) que los materiales y equipos a incorporar a la obra serán de la calidad
especificada y nuevos, salvo que en otro elemento de la documentación
contractual se disponga otra cosa, b) que la construcción no presentará
fallas ni defectos, y se obliga a corregir o reconstruir los trabajos que
presenten tales fallas o defectos y los que no estén de acuerdo con la
documentación contractual. En caso de diferencias en la interpretación de
este punto se recurrirá a lo previsto en 14.1.
7.5 El
Contratista P&C está obligado a: a) cumplir las disposiciones de las
leyes, decretos y todo otro instrumento oficial vigente en materia laboral,
previsional e impositiva, lo que podrá ser controlado por el Comitente, b)
cumplir las normas de seguridad e higiene del trabajo, ART y demás
disposiciones oficiales que rijan en el ámbito de la obra y exigir a todo el
personal su acatamiento, c) hacerse responsable de cualquier infracción a las
disposiciones vigentes en relación con sus obligaciones de este contrato y a
pagar las multas emitidas a su nombre o a nombre del Comitente.
7.6 El
Contratista P&C está obligado a adoptar las precauciones para prevenir y
mantener condiciones de seguridad en obra y obrador, de lo que será único
responsable, a efectos de: a) evitar daños o accidentes a su personal y al de
sus subcontratistas, al Comitente y a terceros, b) evitar daños a los bienes
y cosas propias de sus subcontratistas, del Comitente o de terceros, c)
evitar daños o accidentes a bienes y personas en predios linderos y vía
pública. A tal efecto proveerá todos los dispositivos, equipos y servicios
que prescriben las normas oficiales.
7.7 El
Contratista P&C dispondrá que durante la jornada de trabajo haya
permanentemente en obra un representante que tenga a su cargo la conducción
del personal y la supervisión de los trabajos. El personal estará constituido
por operarios competentes en sus respectivas especialidades, en suficiente
cantidad para asegurar el cumplimiento de los plazos contractuales.
7.8 El
Contratista P&C proveerá e instalará el cartel y el cerco de obra, de
acuerdo con las disposiciones vigentes; mantendrá la obra y obrador en buenas
condiciones y salubridad, y a su terminación la entregará en perfectas
condiciones de limpieza, incluyendo todas sus partes y elementos
constitutivos. El Contratista P&C mantendrá en la obra a disposición del
Comitente o de sus representantes una copia de todos los elementos
integrantes de la documentación contractual.
7.9
El Contratista P&C será
responsable por: a) el pago de los salarios y aportes del personal, siendo el
incumplimiento causal de suspensión de los pagos por el Comitente, b) la
vigilancia de la obra y por los daños, deterioros, pérdidas y substracciones
que puedan sufrir los materiales, equipos y todo otro elemento existente en
obra u obrador, de su propiedad, de propiedad de sus subcontratistas o de
propiedad del Comitente.
INDICE é
CLAUSULA 8. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL COMITENTE
8.1 En
caso de que el Comitente desistiese de la ejecución de la obra abonará al
Contratista P&C los honorarios por anteproyecto y por la documentación de
proyecto, según su grado de avance y de acuerdo con el monto cotizado.
8.2 El
Comitente tendrá a su cargo el pago de los derechos municipales de
construcción.
8.3 El Comitente tendrá a su cargo, previo
acuerdo con el Contratista P&C, el pago de los honorarios y gastos que se
originen con motivo de: a) la introducción de modificaciones a la
documentación de proyecto siempre que motiven la reejecución de tareas o la
ejecución de nuevas tareas por el Contratista P&C.
8.4 El
Comitente se obliga a: a) cooperar con el Contratista P&C en las
tramitaciones que requieran su participación y b) responder con prontitud a
sus consultas y pedidos.
8.5 El
anteproyecto y la documentación de proyecto no podrán ser utilizados ni
enajenados por el Comitente a efectos de su utilización para otros proyectos
o para proseguir el proyecto o las obras sin la intervención del Contratista
P&C, excepto: a) si existe un acuerdo escrito, b) en caso de rescisión
del contrato por causa del Contratista P&C.
8.6 Si
el Contratista P&C desconociese una orden para corregir o reconstruir
trabajos cuya ejecución no respetase las disposiciones de la documentación
contractual, el Comitente podrá ordenarle la suspensión inmediata de los
trabajos hasta que las causas que la motivaron sean superadas.
INDICE é
CLAUSULA 9. PROVISIONES POR
EL COMITENTE
9.1 Esta
cláusula será de aplicación en caso de que el Comitente suministre
materiales, artefactos o equipos.
9.2 Las
provisiones a cargo del Comitente convenidas antes de la firma del contrato
deberán figurar en instrumento anexo al mismo. Para suministrar materiales
y/o equipos luego de la firma del contrato el Comitente deberá contar con la
previa conformidad del Contratista P&C.
9.3 El
Contratista P&C programará y coordinará con el Comitente el ingreso a
obra de los materiales, artefactos y equipos provistos por su cuenta, se
encargará de su descarga y almacenamiento e informará en caso de incumplimiento
de las fechas de entrega que afecten el plan de trabajo, teniendo en tal caso
derecho a la prórroga del plazo que corresponda.
9.4 El
Contratista P&C rechazará los materiales y equipos provistos por el Comitente
que presenten fallas o defectos e informará al Comitente si advierte diferencias en la cantidad y/o
calidad respecto a la especificada. Será responsable por la mala colocación o
instalación de tales provisiones, materiales o equipos y por su colocación en
caso de que presenten fallas o defectos, sólo en el caso que estos sean
aparentes.
INDICE é
CLAUSULA 10. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
10.1 El
Comitente podrá solicitar la ejecución de modificaciones o trabajos que
impliquen adicionales o economías a los precios y plazos contractuales. En
tal caso el Contratista P&C preparará una propuesta por modificaciones al
contrato que presentará al Comitente de acuerdo con lo dispuesto en las
disposiciones de esta Cláusula.
10.2 Cuando
el Contratista P&C deba formular un pedido por modificaciones al contrato
lo hará dentro de los tres días de la aparición de la causa, por escrito,
justificando los motivos e incluyendo: a) la descripción de la ampliación,
reducción o modificación, acompañada por los planos, croquis y
especificaciones necesarios, b) un presupuesto con el monto adicional o la
economía que corresponda, c) la extensión o acortamiento del plazo
contractual que pueda corresponder.
10.3 En
todos los casos y antes de iniciar los trabajos respectivos, el Contratista
P&C deberá contar con la aprobación escrita de su propuesta por parte del
Comitente.
INDICE é
CLAUSULA 11. SEGUROS
11.1 El
Contratista P&C será único responsable y deberá mantener libre de
reclamos al Comitente por los daños y perjuicios que deban ser afrontados
como consecuencia de cualquier accidente o lesión de su personal o el de sus
subcontratistas y por todo otro reclamo, demanda, actuación judicial o
extrajudicial, originados por la ejecución de los trabajos. A tales efectos
contratará y mantendrá vigentes seguros contra accidentes de acuerdo con las
obligaciones emergentes de las leyes 24.028 y 24.457 de creación de las ART y
la Ley 9.688.
11.2 El
Contratista P&C será único responsable y contratará el seguro de
responsabilidad civil por accidentes a las personas y daños a los bienes en
predios linderos y vía pública, originados por la ejecución de los trabajos.
11.3 El
Contratista P&C contratará los seguros con compañías de primera línea a
satisfacción del Comitente, a quien presentará las pólizas con las facturas y
recibos correspondientes.
INDICE é
CLAUSULA 12. PRECIOS. LIQUIDACION Y PAGO DE LOS TRABAJOS
12.1 El
precio del contrato no sufrirá modificaciones, salvo las que se puedan
introducir de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 10 y/o en las
disposiciones 2.2 y 12.4.
12.2 Los
precios de la oferta incluirán: a) los honorarios y gastos por la confección
de la documentación de proyecto, cuyo monto figura discriminado en la oferta,
b) la planialtimetría del terreno, c) ensayo y estudio de suelos, d)
derechos, tasas y cualquier otro tributo que perciban los entes y empresas
con jurisdicción sobre la obra, incluyendo derechos de conexión y excluyendo
los derechos municipales de construcción, e) agua de construcción y energía
de obra, f) todos los costos y gastos correspondientes a materiales, enseres,
herramientas y equipos, fletes, mano de obra y cargas sociales, g) los
seguros dispuestos en la Cláusula 10, h) todo otro costo o gasto, aunque no
cuente con item específico en la oferta del Contratista P&C, que sea
necesario para la terminación de los trabajos de acuerdo con su fin, i)
gastos generales y beneficios, j) el impuesto al valor agregado vigente a la
fecha del contrato.
12.3 La
modificación o supresión de los impuestos y todo otro concepto por tributo
concerniente a la actividad empresaria del Contratista P&C no serán motivo
para la modificación del precio contractual, excepto en el caso de
modificación de la tasa del IVA, lo que dará lugar a ajustes en más o en
menos en la misma proporción y a partir de la fecha de vigencia de la
modificación.
12.4 El
Contratista P&C presentará liquidaciones al Comitente dentro de los
primeros cinco días de cada mes, las que certificarán que los trabajos han
progresado hasta las cantidades o porcentajes indicados y que concuerdan con
la documentación contractual. Las liquidaciones serán provisorias y quedarán
sujetas a revisión hasta la aprobación del certificado final de obra.
12.5 La
cantidad de los trabajos será determinada por separado para cada uno de los
items cotizados. Al monto total de la liquidación se le deducirá el importe correspondiente
al fondo de reparos dispuesto en 12.6. Los pagos efectuados no implicarán la
aceptación de los trabajos liquidados y serán susceptibles de rectificación
hasta la aprobación del certificado final de obra.
12.6 Para
constituir el fondo de reparos el Comitente retendrá el porcentaje
establecido en 3.3 sobre los montos de los certificados de obra y de
modificaciones al contrato. El fondo de reparos será destinado para reparar
los vicios o defectos producidos en la ejecución de los trabajos por deficiente
mano de obra o mala calidad de los materiales empleados, en el caso de que
tales reparaciones no sean efectuadas en tiempo y forma por el Contratista
P&C. El fondo de reparos será constituido en efectivo o mediante otra
forma que proponga el Contratista P&C y que sea aceptada por el
Comitente.
INDICE é
CLAUSULA 13. RECEPCION DE LOS
TRABAJOS
13.1 Realizada
una inspección conjunta para comprobar la terminación de la obra de acuerdo con
la documentación contractual, si el Comitente considera que la obra está
terminada y que no presenta fallas o defectos o que éstos son menores, las
partes suscribirán un acta de recepción provisoria, a partir de cuya fecha
comenzará a correr el lapso de garantía. El Comitente tomará posesión de la
obra y asumirá sus responsabilidades con respecto a seguros, seguridad,
mantenimiento y correcto uso del edificio y sus instalaciones.
13.2 Si
corresponde, el acta incluirá un listado de las fallas o defectos menores y
el plazo para subsanarlos. No se considerarán fallas o defectos menores los
que puedan dificultar el uso de la obra por el Comitente. En caso de que la
obra presentase fallas importantes o un número considerable de defectos
menores, se considerará como no terminada y se postergará la recepción
provisoria hasta que tales fallas o defectos sean corregidos.
13.3 La
toma de posesión de la obra por parte del Comitente implicará la recepción
provisoria de la misma.
13.4 Durante
el plazo de garantía el Contratista P&C estará obligado a rehacer o
reparar todos aquellos deterioros que se hubieren producido o se produjeren
por cualquier causa no imputable al uso incorrecto por parte del Comitente.
En caso de que las fallas o defectos no fueren subsanados dentro del plazo
acordado, el Comitente podrá hacerlos corregir, disponiendo para ello del
fondo de reparos y de todo otro crédito disponible, sin perjuicio de las
demás acciones que correspondan.
13.5 Dentro
de los quince días de la fecha de la recepción provisoria, el Contratista
P&C emitirá el certificado final de obra. Si arrojare un crédito a su
favor, el mismo será facturado y el Comitente deberá abonarlo dentro del
plazo estipulado en 2.3. Si arrojare un crédito a favor del Comitente, el
Contratista P&C deberá saldarlo dentro del mismo plazo, de lo contrario
éste lo deducirá de los créditos y garantías disponibles.
13.6 Transcurrido
el plazo de garantía, si los trabajos están en condiciones de ser recibidos,
las partes suscribirán el acta de recepción definitiva en la que constará: a)
que los trabajos fueron ejecutados de acuerdo con la documentación
contractual, b) la devolución del fondo de reparos o de su saldo remanente,
c) la recepción por el Comitente de un juego de planos de arquitectura, estructura
e instalaciones conforme a obra y de los permisos o certificados finales
mencionados en 6.1.
13.7 La
recepción definitiva de la obra no releva al Contratista P&C de
responsabilidad por vicios ocultos o por otros defectos de las obras como
consecuencia de la mala calidad de los materiales empleados o de deficiencias
en la ejecución de los trabajos. Subsistirán las obligaciones del Contratista
P&C de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1646 y 1647 del Código
Civil.
INDICE é
|