Colegio de Arquitectos de Salta    

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DOSSIER 6

MANUAL DEL EJERCICIO

PROFESIONAL DEL ARQUITECTO

JUNIO 05

GENTILEZA DEL

C.E.P.A.U.

MODELOS DE CONTRATOS

(4º PARTE)

 

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·         MODELOS DE CONTRATOS

Introducción

 

 

 

 

 

 

 

 

·        DOCUMENTO A- 307 – CONTRATO DE PROYECTO/ESPECIALISTA

CLAUSULA 01  -  OBJETO DEL CONTRATO

CLAUSULA 02 -  SERVICIOS PROFESIONALES DEL ESPECIALISTA

CLAUSULA 03 -   TAREAS A CARGO DEL ESPECIALISTA

CLAUSULA 04 -   PLAZOS A CUMPLIR POR EL ESPECIALISTA

CLAUSULA  05 -  MODIFICACIONES

CLAUSULA 06  -  HONORARIOS Y GASTOS A CARGO DE LAS PARTES

CLAUSULA 07  -  OLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ESPECIALISTA

CLAUSULA 08 -   OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE PROYECTO

CLAUSULA 09 -   AJUSTE DE CUESTIONES

CLAUSULA 10 -   HONORARIOS Y FORMA DE PAGO

CLAUSULA  11 -  OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES

·        DOCUMENTO A-308 - CONTRATO ABREVIADO DE PROYECTO Y CONSTRUCCION

CLAUSULA 01 - OBJETO DEL CONTRATO

CLAUSULA 02 - MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO

CLAUSULA 03 - FONDO DE REPARO Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS

CLAUSULA 04 - PLAZOS CONTRACTUALES

CLAUSULA 05 - documentacion contractual

CLAUSULA 06 - DOCUMENTACION DE PROYECTO

CLAUSULA 07 - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA P&C

CLAUSULA 08 - OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL COMITENTE

CLAUSULA 09 - PROVISIONES POR EL COMITENTE

CLAUSULA 10 - MODIFICACIONES DEL CONTRATO

CLAUSULA 11 - SEGUROS

CLAUSULA 12 - PRECIOS. LIQUIDACION Y PAGO DE LOS TRABAJOS

CLAUSULA 13 - RECEPCION DE LOS TRABAJOS

CLAUSULA 14 - AJUSTE DE CUESTIONES

CLAUSULA 15 - OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES

 

MODELOS DE CONTRATOS – 3º PARTE

La adaptación de este modelo de contrato a singularidades propias del encargo debe efectuarse con el máximo cuidado para mantener la coherencia de sus textos y la consistencia de la terminología empleada. Previo a la suscripción del contrato, siempre es recomendable la consulta con un abogado.

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·        DOCUMENTO A - 307 – CONTRATO DE PROYECTO/ESPECIALISTA

 El modelo de contrato ha sido redactado contemplando las obligaciones y responsabilidades habituales en este tipo de relación, con la idea de reducir o evitar malentendidos y favorecer el mejor entendimiento entre ambos profesionales. 

El presente documento es de uso recomendado pero no obligatorio y está compuesto por:

-       un encabezamiento para incorporar la identificación y domicilio de las partes.

-       once cláusulas, que presentan las siguientes características:

·         seis cláusulas están constituidas por “textos cerrados” que no requieren complemento alguno, con disposiciones que incluyen condiciones generales, prescripciones arancelarias y la doctrina del Consejo.

·         cuatro cláusulas incluyen disposiciones con “textos cerrados” y otras con espacios libres para incorporar la información específica del encargo.

·         una cláusula final, denominada “Otros acuerdos de las partes”, que es el lugar indicado para que las partes registren: a) los agregados y supresiones que consideren necesarios para ajustar los listados de la Cláusula 3 a los requerimientos del encargo, b) la modificación o anulación de disposiciones existentes, c) disposiciones adicionales.  

         el cierre, para incorporar el lugar y fecha de la firma del contrato.

Para completar las disposiciones de la Cláusula 3 se deben detallar las tareas a cargo del Especialista. Previo a su completamiento se recomienda examinar el punto 2 del documento C.13, donde figuran listados que pueden ser útiles a estos efectos.

De acuerdo con las disposiciones de este modelo de contrato, ambos profesionales comparten obligaciones y responsabilidades. Ante el propietario y terceros el único responsable es el Director de Proyecto, pero a su vez, el especialista adquiere todas las responsabilidades por la ejecución de sus tareas frente el Director de Proyecto.

Entre...…………………………………………………………………..……, en adelante el “Director de Proyecto”, con domicilio en ………………………………………………., por una parte y por la otra .................................... ………………………….........., en adelante el “Especialista”, con domicilio en........................ ...........…………., convienen celebrar el presente contrato de servicios profesionales con carácter de locación de obra.

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CLAUSULA  1.  OBJETO DEL CONTRATO

1.1  El Director de Proyecto, encarga al Especialista y éste acepta la encomienda de los servicios profesionales que se describen en la Cláusula Segunda, correspondientes a la especialidad.........................................................., para la obra cuyas características principales figuran en 1.2. a 1.5.

1.2La obra corresponde a la categoría de .........…………………………….………………………………………………………………

1.3  El destino de la obra es ………………………………...…………………………………………………………………………………….

1.4La ubicación de la obra es ………………………………………………………………………………………………………………………

1.5 La superficie cubierta estimada del proyecto es de ..................m2 y el monto estimado preliminarmente para el rubro correspondiente a la especialidad cuyos servicios profesionales se contratan es de pesos …………..................................…

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CLAUSULA 2.   SERVICIOS PROFESIONALES DEL ESPECIALISTA

2.1 El Especialista brindará al Director de Proyecto completo asesoramiento con respecto a su especialidad, efectuará sus tareas en estrecha colaboración con el mismo y respetará sus directivas a los efectos de facilitar la programación y coordinación con las que realiza el Director de Proyecto en su Estudio y las que están a cargo de otros especialistas.

2.2 En base al programa de necesidades definitivo, el Especialista confeccionará la documentación gráfica y escrita y realizará las tareas y gestiones necesarias para prestar los servicios profesionales de croquis preliminares, anteproyecto y documentación de proyecto, de acuerdo con lo establecido en este contrato y en el Decreto-Ley 7887/55.

2.3 Los servicios mencionados en 2.1y 2.2 comprenden las tareas que figuran en la Cláusula 3, serán prestados en función de lo establecido en 1.2 a 1.5 y en cada caso se basarán en la etapa anterior aprobada por el Director de Proyecto.

2.4 Estará a cargo del Especialista el pago de los gastos que figuran a continuación:............................................... 

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CLAUSULA 3.   TAREAS A CARGO DEL ESPECIALISTA

3.1  Entre las tareas a cargo del Especialista se incluyen expresamente: a) informar al Director de Proyecto acerca de los códigos, normas y reglamentos técnicos exigibles por los entes con jurisdicción sobre la obra, b) informar al Director de Proyecto los requerimientos administrativos de los mismos entes para la presentación y tramitación de las documentaciones que sean necesarias, c) la evacuación de consultas durante la cotización y contratación de los trabajos de la especialidad.

3.2.

Los croquis preliminares responderán al programa de necesidades y su representación resultará del acuerdo de las partes

3.3 El anteproyecto incluirá una memoria descriptiva, un presupuesto global estimativo y estará compuesto por los elementos que se mencionan a continuación, con carácter enunciativo y no excluyente: …………………………………………………………………..

3.4 La documentación de proyecto incluirá una memoria descriptiva, un presupuesto desagregado por rubros, el listado de rubros e items y estará compuesta por los elementos que se mencionan a continuación, con carácter enunciativo y no excluyente: ………………………………………….............................................….......

3.5 Previo al comienzo de la obra las partes acordarán las tareas de asistencia técnica al Director de Proyecto  que estarán a cargo del Especialista y su retribución.

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CLAUSULA 4. PLAZOS A CUMPLIR POR EL ESPECIALISTA

4.1 El Especialista cumplirá sus tareas dentro de los plazos a establecer en el Plan de Trabajo conjuntamente con el Director de Proyecto, dentro de los cinco días de la firma del contrato. El Plan de Trabajo se ajustará al Plan de Trabajo general del proyecto y a los plazos que el Director de Proyecto deba cumplir ante su Comitente. 

4.2 En el caso de especialidades que requieran la presentación de documentaciones para la obtención de permisos u aprobaciones de autoridades con jurisdicción sobre la obra, el Especialista entregará el material necesario para la preparación de tales presentaciones, dentro del plazo fijado en el Plan de Trabajo.

4.3 Los plazos se contarán en días corridos. Serán causal de prórroga a los plazos establecidos en el Plan de Trabajo, siempre que originen demoras a las tareas del Especialista: a) los lapsos empleados por el Director de Proyecto o los entes con jurisdicción sobre la obra para responder consultas u otorgar aprobaciones, b) los lapsos necesarios para el estudio de modificaciones según lo establecido en 5.2 y 5.3, c) los lapsos caídos por circunstancias excepcionales ajenas a las partes.

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CLAUSULA  5.   MODIFICACIONES

5.1 Se considerarán modificaciones: a) las ampliaciones o disminuciones de superficie del proyecto, b) los cambios que se introduzcan a la categoría, destino o ubicación de la obra establecidos en 1.2 a 1.4, c) los cambios que se introduzcan a las tareas a cargo del Especialista.

5.2 El Especialista tendrá derecho al cobro de honorarios adicionales por la introducción de modificaciones  siempre que le originen la ejecución de nuevas tareas o la asunción de nuevas responsabilidades.

5.3 El Especialista tendrá derecho a prórroga de los plazos contractuales por la introducción de modificaciones  siempre que le originen la ejecución de nuevas tareas.

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CLAUSULA 6.   HONORARIOS Y GASTOS A CARGO DE LAS PARTES

6.1

El Especialista tendrá a su cargo: a) honorarios, retribuciones y gastos necesarios para la ejecución de las tareas mencionadas en las Cláusulas 2 y 3, b) el costo de dos juegos de copias de los planos y escritos, resultado de las tareas a su cargo, uno de los cuales, firmado por el Director de Proyecto, permanecerá en su poder, c) el costo de edición y soporte para la representación digitalizada de las documentaciones a su cargo.

6.2

El Director de Proyecto abonará los gastos especiales que se puedan originar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Decreto-Ley 7887/55.

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CLAUSULA 7.   OLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ESPECIALISTA

7.1 El Especialista se obliga a cumplir las disposiciones de este contrato y ajustará su actividad a las disposiciones del Código de Etica.  

7.2 El Especialista se obliga a: a) reconocer la condición del Director de Proyecto y respetar sus decisiones, b) cooperar con el Director de Proyecto en toda gestión que requiera su participación, c) responder con razonable prontitud las consultas que éste le formule, d) ejecutar las tareas a su cargo de tal forma que cumplan los plazos establecidos en el Plan de Trabajo, e) ejecutar las documentaciones mediante el programa de diseño asistido que determine el Director de Proyecto, f) mantener informado al Director de Proyecto acerca del avance de los trabajos y de cualquier demora que se origine, g) participar en las reuniones de coordinación con otros especialistas programadas por el Director de Proyecto.

7.3 El Especialista será responsable ante el Director de Proyecto por: a) la adopción de los métodos y medios apropiados para la prestación de los servicios profesionales a su cargo, b) los reclamos, y/o daños y perjuicios que recaigan sobre el Director de Proyecto con motivo de errores u omisiones incurridos en los trabajos a su cargo, c) las penalizaciones y/o daños y perjuicios que recaigan sobre el Director de Proyecto con motivo de atrasos en sus trabajos originados por atrasos del Especialista.

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CLAUSULA 8.   OBLIGACIONES DEL DIRECTOR DE PROYECTO

8.1 El Director de Proyecto se compromete a: a) ajustar su actividad a las disposiciones del Código de Etica, b) cooperar con el Especialista en toda gestión que requiera su participación, b) responder con razonable prontitud las consultas que éste le formule.

8.2 El Director de Proyecto se obliga a: a) proveer al Especialista de toda la información que disponga en relación con el proyecto de su especialidad, b) proporcionar al Especialista planos mudos o layers preparados con el mismo programa que el Especialista deberá utilizar para la ejecución de sus trabajos, c) proporcionar al Especialista la información correspondiente a otros rubros de la obra relacionados o vinculados con su especialidad, d) examinar los documentos que le presente el Especialista y comunicarle las observaciones y decisiones que correspondan, con prontitud y evitando demoras injustificadas, e) comunicar al Especialista, rápidamente y por escrito, cualquier falla o defecto que detecte en sus planos o especificaciones, f) cumplir las restantes disposiciones de este contrato.

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CLAUSULA 9.   AJUSTE DE CUESTIONES

9.1 Para el caso de duda o disentimiento en la interpretación  del contrato referentes a aspectos que sean de competencia del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, las partes acuerdan someter el caso al laudo de dicha entidad, la cual actuará en carácter de Amigable Componedor Unico. A tal efecto, las partes renuncian en este acto a todo otro recurso, excepto el de nulidad.

9.2 Previo a ejercer el derecho de rescisión cada parte se obliga a requerir a la otra, en forma fehaciente y bajo apercibimiento de rescisión, el cumplimiento de las obligaciones pendientes, otorgando para ello un plazo único e improrrogable de 10 días. A efectos de dirimir toda cuestión, las partes se someten a los Tribunales Ordinarios que correspondan a la jurisdicción del domicilio del Director de Proyecto, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.

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CLAUSULA  10.   HONORARIOS Y FORMA DE PAGO

10.1  El Director de Proyecto pagará al Especialista, por la prestación de los servicios profesionales citados en la Cláusula 2. los honorarios siguientes...................................................................................................................

10.2

Los honorarios adicionales que surjan según lo dispuesto en 4.2 se calcularán, salvo expreso acuerdo en contrario, según el “tiempo empleado”, aplicando las tarifas horarias establecidas previamente por las partes.

10.3

En cada factura el Especialista agregará a los honorarios el impuesto al valor agregado que corresponda.

10.4 Los honorarios indicados en 10.1 y 10.2 serán facturados por el Especialista de acuerdo con el siguiente detalle..............................................................................................................................................................

10.5 El Director de Proyecto pagará las facturas al contado, dentro de los ………............……días de la fecha de su presentación.

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CLAUSULA  11.   OTROS ACUERDOS DE LAS PARTES  

.........................................................................................................................................................................

.........................................................................................................................................................................

 

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares iguales, uno para cada parte, en la Ciudad de ..........................

....................................................... a los ............ días del mes de ......................................... de .....................

 

               .........................................................                               ........................................................

                               ARQUITECTO                                                                            COMITENTE

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·        DOCUMENTO A-308 - CONTRATO ABREVIADO DE PROYECTO Y CONSTRUCCION

El documento A-308 ha sido redactado, preferentemente, para el proyecto y dirección de obras menores, entendiéndose por tales aquellas de reducido monto, envergadura, complejidad y breve lapso de ejecución. No obstante, es de aplicación para otros proyectos y obras, para los cuales, según criterio del profesional, sus previsiones son suficientes. No debe ser considerado como un sustituto del A-306, aplicable a proyectos y obras de mayor envergadura y/o complejidad. Por ello, antes de decidir la utilización de uno u otro, conviene cotejar ambos documentos; la comparación permitirá también rescatar de este último disposiciones que puede resultar conveniente incorporar al primero.

El documento A-308 está compuesto por:

-       un encabezamiento para incorporar la identificación y domicilio de las partes.

-       quince cláusulas, que presentan las siguientes características:

·         nueve cláusulas están constituidas por “textos cerrados” que no requieren complemento alguno, con disposiciones que incluyen condiciones generales, prescripciones arancelarias o la doctrina del Consejo.

·         cinco cláusulas incluyen disposiciones con espacios libres para incorporar la información específica del encargo, además de otras disposiciones de “texto cerrado”. 

·         una cláusula final, denominada “Otros acuerdos de las partes”, que es el lugar indicado para que las partes registren: a) los agregados y supresiones que consideren necesarios para ajustar los listados de la Cláusula 6 a los requerimientos del encargo, b) la modificación o anulación de disposiciones existentes, c) disposiciones adicionales.  

         el cierre, para incorporar el lugar y fecha de la firma del contrato.

Se desea destacar que el modelo de contrato A-308 ha sido formulado bajo el supuesto de que el comitente ha aprobado previamente una documentación preliminar preparada por el arquitecto, circunstancia prevaleciente en este tipo de encargos y necesaria, por otra parte, para convenir los precios y plazos contractuales. Para formalizar el acuerdo del arquitecto y su comitente durante esta etapa previa, el Consejo ha editado el documento “Contrato de anteproyecto” (A-302).   

Entre el/los arquitectos ......……....................………............................, en adelante el “Contratista P&C”, con domicilio en………....................................por una parte y por la otra................................................................., en adelante el “Comitente”, con domicilio en…………………..........………… convienen celebrar el presente contrato de locación de obra, de acuerdo con las cláusulas que siguen.

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CLAUSULA  1.   OBJETO DEL CONTRATO

1.1  El Comitente encarga al Contratista P&C y éste acepta la encomienda de ejecución de la documentación de proyecto y construcción por ajuste alzado de la obra ubicada en .................................................................

...................................... en base al anteproyecto y demás elementos que se anexan firmados por las partes.

1.2 El anteproyecto confeccionado por el arquitecto y aprobado por el comitente está constituido por los siguientes elementos: a) cómputo y presupuesto detallado por rubros e items, b) memoria descriptiva incluyendo: (i) descripción de los sistemas constructivos y estructura, criterios adoptados para su selección, aspectos técnicos, características y materiales, (ii) descripción de las instalaciones, criterios adoptados para su selección, aspectos técnicos, características y materiales, (iii) descripción de materiales y terminaciones, c) cómputo de superficies cubiertas y semicubiertas y d) los planos y planillas siguientes ...............................

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CLAUSULA  2.   MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO

2.1 El Contratista P&C se compromete a ejecutar los trabajos que se contratan por un total de ..........….......…… ……………………....incluido el impuesto al valor agregado, de acuerdo con su oferta de fecha ..................…

2.2 El monto del contrato será reajustado aplicando el procedimiento dispuesto en ...................... si previamente se cumplen los supuestos allí establecidos.

2.3 El Comitente pagará las facturas emitidas por el Contratista P&C de acuerdo con el siguiente detalle: ...........  Los pagos serán al contado, dentro de los …....…................... días de la fecha de presentación de la factura.

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CLAUSULA 3.   FONDO DE REPARO Y RECEPCION DE LOS TRABAJOS

3.1 El fondo de reparos será equivalente al......………...........por ciento de los montos certificados.

3.2 El plazo de garantía será de …........................días a contar de la fecha de la recepción provisoria de la obra. 

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CLAUSULA  4.   PLAZOS CONTRACTUALES

4.1 El Contratista P&C cumplirá sus obligaciones dentro de los siguientes plazos: a) confección de los planos municipales mencionados en 6.1 dentro de los  ........... días de la fecha del contrato, b) confección de las documentaciones de proyecto mencionada en 6.2 y 6.3 en términos tales que permitan la iniciación de la obra y el cumplimiento en término del plan de trabajos y contemplando los plazos para que el Comitente proceda a su revisión y aprobación; c) iniciación de la construcción de la obra, dentro de los..….……...días de la fecha del contrato; d) terminación de la obra, dentro de los .....................días a contar de la fecha de iniciación de la obra. El Contratista P&C ajustará su actividad al cronograma mencionado en 6.3.

4.2 Los plazos se contarán en días corridos. Serán causal de prórroga a los plazos establecidos, siempre que originen demoras a las tareas de documentación de proyecto o a la ejecución de la obra: a) los lapsos empleados por el Comitente y los entes con jurisdicción sobre la obra para responder consultas u otorgar aprobaciones,  b)  los  lapsos  necesarios para el estudio 

de modificaciones solicitadas por el Comitente o motivadas por problemas del terreno, c) los días de huelga general de gremios de la construcción o de paros de transporte, d) los días de lluvia y sus consecuencias, que excedan los promedios estadísticos, e) los atrasos causados por la provisión de materiales o equipos que provea el Comitente. 

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CLAUSULA  5.   documentacion contractual

5.1 Integran la documentación contractual los siguientes instrumentos: a) este contrato, b) la documentación que figura en 1.2, c) la oferta del Contratista P&C cuyo monto total figura en 2.1, que se anexa firmada por las partes.

5.2 Formarán parte de la documentación contractual los siguientes instrumentos: a) la documentación de proyecto según lo establecido en la Cláusula 6, que se anexará al contrato firmada por las partes, b) los planos municipales aprobados, c) las modificaciones al contrato aprobadas y firmadas por las partes, d) los certificados presentados por el Contratista P&C, e) las actas de recepción provisoria y definitiva y el certificado final a practicar por el Contratista P&C, f) las comunicaciones escritas entre las partes.

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CLAUSULA  6.   DOCUMENTACION DE PROYECTO

6.1 El Contratista P&C tendrá a su cargo y costo la ejecución de los planos y trámites necesarios para cumplir las reglamentaciones municipales y los requerimientos de las empresas prestatarias de servicios para la obtención de los permisos y aprobaciones necesarios, desde el comienzo de la obra hasta su terminación y obtención de los permisos o certificados finales que correspondan. 

6.2 La documentación de proyecto, conjunto de elementos gráficos y escritos que definen con precisión el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarla bajo la dirección de un profesional, será confeccionada por el Contratista P&C en base a la documentación mencionada en 1.2 y cumplirá además la función de exhibir ante el Comitente todos los elementos necesarios para que cuente con una completa información con respecto al diseño arquitectónico, estructura, sistemas constructivos, aberturas, instalaciones, materiales y terminaciones de la obra.

6.3 La documentación de proyecto incluirá un plan de trabajo que cumpla el plazo establecido en 4.1 y que exhiba el avance mensual de los rubros e items más representativos de la obra, así como las certificaciones mensuales previstas.

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CLAUSULA 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA P&C

7.1 El Contratista P&C se obliga a: a) manejar con la mayor discreción los fondos destinados a desembolsos por los trabajos a su cargo, quedando obligado a rendir cuentas claras y precisas dentro de los ………… días a contar de la entrega de los fondos por el Comitente, b) subsanar los errores  que pudiere haber cometido.

7.2 El Contratista P&C será responsable por la construcción de los trabajos. A tal efecto, por sí o por medio de sus representantes controlará la ejecución de los trabajos y su correspondencia con la documentación contractual.

7.3 El Contratista P&C mantendrá informado periódicamente al Comitente acerca del avance de los trabajos, de cualquier demora que se origine y de las previsiones a adoptar para subsanarla.

7.4 El Contratista P&C será responsable por los procedimientos constructivos y por la coordinación y conducción de los trabajos y garantizará al Comitente: a) que los materiales y equipos a incorporar a la obra serán de la calidad especificada y nuevos, salvo que en otro elemento de la documentación contractual se disponga otra cosa, b) que la construcción no presentará fallas ni defectos, y se obliga a corregir o reconstruir los trabajos que presenten tales fallas o defectos y los que no estén de acuerdo con la documentación contractual. En caso de diferencias en la interpretación de este punto se recurrirá a lo previsto en 14.1.

7.5 El Contratista P&C está obligado a: a) cumplir las disposiciones de las leyes, decretos y todo otro instrumento oficial vigente en materia laboral, previsional e impositiva, lo que podrá ser controlado por el Comitente, b) cumplir las normas de seguridad e higiene del trabajo, ART y demás disposiciones oficiales que rijan en el ámbito de la obra y exigir a todo el personal su acatamiento, c) hacerse responsable de cualquier infracción a las disposiciones vigentes en relación con sus obligaciones de este contrato y a pagar las multas emitidas a su nombre o a nombre del Comitente. 

7.6 El Contratista P&C está obligado a adoptar las precauciones para prevenir y mantener condiciones de seguridad en obra y obrador, de lo que será único responsable, a efectos de: a) evitar daños o accidentes a su personal y al de sus subcontratistas, al Comitente y a terceros, b) evitar daños a los bienes y cosas propias de sus subcontratistas, del Comitente o de terceros, c) evitar daños o accidentes a bienes y personas en predios linderos y vía pública. A tal efecto proveerá todos los dispositivos, equipos y servicios que prescriben las normas oficiales.

7.7 El Contratista P&C dispondrá que durante la jornada de trabajo haya permanentemente en obra un representante que tenga a su cargo la conducción del personal y la supervisión de los trabajos. El personal estará constituido por operarios competentes en sus respectivas especialidades, en suficiente cantidad para asegurar el cumplimiento de los plazos contractuales.

7.8 El Contratista P&C proveerá e instalará el cartel y el cerco de obra, de acuerdo con las disposiciones vigentes; mantendrá la obra y obrador en buenas condiciones y salubridad, y a su terminación la entregará en perfectas condiciones de limpieza, incluyendo todas sus partes y elementos constitutivos. El Contratista P&C mantendrá en la obra a disposición del Comitente o de sus representantes una copia de todos los elementos integrantes de la documentación contractual.

7.9

El Contratista P&C será responsable por: a) el pago de los salarios y aportes del personal, siendo el incumplimiento causal de suspensión de los pagos por el Comitente, b) la vigilancia de la obra y por los daños, deterioros, pérdidas y substracciones que puedan sufrir los materiales, equipos y todo otro elemento existente en obra u obrador, de su propiedad, de propiedad de sus subcontratistas o de propiedad del Comitente.

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CLAUSULA 8. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL COMITENTE

8.1 En caso de que el Comitente desistiese de la ejecución de la obra abonará al Contratista P&C los honorarios por anteproyecto y por la documentación de proyecto, según su grado de avance y de acuerdo con el monto cotizado.

8.2 El Comitente tendrá a su cargo el pago de los derechos municipales de construcción.

8.3  El Comitente tendrá a su cargo, previo acuerdo con el Contratista P&C, el pago de los honorarios y gastos que se originen con motivo de: a) la introducción de modificaciones a la documentación de proyecto siempre que motiven la reejecución de tareas o la ejecución de nuevas tareas por el Contratista P&C.

8.4 El Comitente se obliga a: a) cooperar con el Contratista P&C en las tramitaciones que requieran su participación y b) responder con prontitud a sus consultas y  pedidos.

8.5 El anteproyecto y la documentación de proyecto no podrán ser utilizados ni enajenados por el Comitente a efectos de su utilización para otros proyectos o para proseguir el proyecto o las obras sin la intervención del Contratista P&C, excepto: a) si existe un acuerdo escrito, b) en caso de rescisión del contrato por causa del Contratista P&C.  

8.6 Si el Contratista P&C desconociese una orden para corregir o reconstruir trabajos cuya ejecución no respetase las disposiciones de la documentación contractual, el Comitente podrá ordenarle la suspensión inmediata de los trabajos hasta que las causas que la motivaron sean superadas.  

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CLAUSULA 9.   PROVISIONES POR EL COMITENTE

9.1 Esta cláusula será de aplicación en caso de que el Comitente suministre materiales, artefactos o equipos.

9.2 Las provisiones a cargo del Comitente convenidas antes de la firma del contrato deberán figurar en instrumento anexo al mismo. Para suministrar materiales y/o equipos luego de la firma del contrato el Comitente deberá contar con la previa conformidad del Contratista P&C.

9.3 El Contratista P&C programará y coordinará con el Comitente el ingreso a obra de los materiales, artefactos y equipos provistos por su cuenta, se encargará de su descarga y almacenamiento e informará en caso de incumplimiento de las fechas de entrega que afecten el plan de trabajo, teniendo en tal caso derecho a la prórroga del plazo que corresponda.    

9.4 El Contratista P&C rechazará los materiales y equipos provistos por el Comitente que presenten fallas o defectos e informará al Comitente  si advierte diferencias en la cantidad y/o calidad respecto a la especificada. Será responsable por la mala colocación o instalación de tales provisiones, materiales o equipos y por su colocación en caso de que presenten fallas o defectos, sólo en el caso que estos sean aparentes. 

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CLAUSULA  10.   MODIFICACIONES DEL CONTRATO

10.1 El Comitente podrá solicitar la ejecución de modificaciones o trabajos que impliquen adicionales o economías a los precios y plazos contractuales. En tal caso el Contratista P&C preparará una propuesta por modificaciones al contrato que presentará al Comitente de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones de esta Cláusula.

10.2 Cuando el Contratista P&C deba formular un pedido por modificaciones al contrato lo hará dentro de los tres días de la aparición de la causa, por escrito, justificando los motivos e incluyendo: a) la descripción de la ampliación, reducción o modificación, acompañada por los planos, croquis y especificaciones necesarios, b) un presupuesto con el monto adicional o la economía que corresponda, c) la extensión o acortamiento del plazo contractual que pueda corresponder. 

10.3 En todos los casos y antes de iniciar los trabajos respectivos, el Contratista P&C deberá contar con la aprobación escrita de su propuesta por parte del Comitente.

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CLAUSULA  11.   SEGUROS

11.1 El Contratista P&C será único responsable y deberá mantener libre de reclamos al Comitente por los daños y perjuicios que deban ser afrontados como consecuencia de cualquier accidente o lesión de su personal o el de sus subcontratistas y por todo otro reclamo, demanda, actuación judicial o extrajudicial, originados por la ejecución de los trabajos. A tales efectos contratará y mantendrá vigentes seguros contra accidentes de acuerdo con las obligaciones emergentes de las leyes 24.028 y 24.457 de creación de las ART y la Ley 9.688.

11.2 El Contratista P&C será único responsable y contratará el seguro de responsabilidad civil por accidentes a las personas y daños a los bienes en predios linderos y vía pública, originados por la ejecución de los trabajos.  

11.3 El Contratista P&C contratará los seguros con compañías de primera línea a satisfacción del Comitente, a quien presentará las pólizas con las facturas y recibos correspondientes.

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CLAUSULA 12. PRECIOS. LIQUIDACION Y PAGO DE LOS TRABAJOS

12.1 El precio del contrato no sufrirá modificaciones, salvo las que se puedan introducir de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 10 y/o en las disposiciones 2.2 y 12.4.

12.2 Los precios de la oferta incluirán: a) los honorarios y gastos por la confección de la documentación de proyecto, cuyo monto figura discriminado en la oferta, b) la planialtimetría del terreno, c) ensayo y estudio de suelos, d) derechos, tasas y cualquier otro tributo que perciban los entes y empresas con jurisdicción sobre la obra, incluyendo derechos de conexión y excluyendo los derechos municipales de construcción, e) agua de construcción y energía de obra, f) todos los costos y gastos correspondientes a materiales, enseres, herramientas y equipos, fletes, mano de obra y cargas sociales, g) los seguros dispuestos en la Cláusula 10, h) todo otro costo o gasto, aunque no cuente con item específico en la oferta del Contratista P&C, que sea necesario para la terminación de los trabajos de acuerdo con su fin, i) gastos generales y beneficios, j) el impuesto al valor agregado vigente a la fecha del contrato.

12.3 La modificación o supresión de los impuestos y todo otro concepto por tributo concerniente a la actividad empresaria del Contratista P&C no serán motivo para la modificación del precio contractual, excepto en el caso de modificación de la tasa del IVA, lo que dará lugar a ajustes en más o en menos en la misma proporción y a partir de la fecha de vigencia de la modificación.

12.4 El Contratista P&C presentará liquidaciones al Comitente dentro de los primeros cinco días de cada mes, las que certificarán que los trabajos han progresado hasta las cantidades o porcentajes indicados y que concuerdan con la documentación contractual. Las liquidaciones serán provisorias y quedarán sujetas a revisión hasta la aprobación del certificado final de obra.

12.5 La cantidad de los trabajos será determinada por separado para cada uno de los items cotizados. Al monto total de la liquidación se le deducirá el importe correspondiente al fondo de reparos dispuesto en 12.6. Los pagos efectuados no implicarán la aceptación de los trabajos liquidados y serán susceptibles de rectificación hasta la aprobación del certificado final de obra. 

12.6 Para constituir el fondo de reparos el Comitente retendrá el porcentaje establecido en 3.3 sobre los montos de los certificados de obra y de modificaciones al contrato. El fondo de reparos será destinado para reparar los vicios o defectos producidos en la ejecución de los trabajos por deficiente mano de obra o mala calidad de los materiales empleados, en el caso de que tales reparaciones no sean efectuadas en tiempo y forma por el Contratista P&C. El fondo de reparos será constituido en efectivo o mediante otra forma que proponga el Contratista P&C y que sea aceptada por el Comitente.

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CLAUSULA 13.  RECEPCION DE LOS TRABAJOS

13.1 Realizada una inspección conjunta para comprobar la terminación de la obra de acuerdo con la documentación contractual, si el Comitente considera que la obra está terminada y que no presenta fallas o defectos o que éstos son menores, las partes suscribirán un acta de recepción provisoria, a partir de cuya fecha comenzará a correr el lapso de garantía. El Comitente tomará posesión de la obra y asumirá sus responsabilidades con respecto a seguros, seguridad, mantenimiento y correcto uso del edificio y sus instalaciones.

13.2 Si corresponde, el acta incluirá un listado de las fallas o defectos menores y el plazo para subsanarlos. No se considerarán fallas o defectos menores los que puedan dificultar el uso de la obra por el Comitente. En caso de que la obra presentase fallas importantes o un número considerable de defectos menores, se considerará como no terminada y se postergará la recepción provisoria hasta que tales fallas o defectos sean corregidos.

13.3 La toma de posesión de la obra por parte del Comitente implicará la recepción provisoria de la misma.

13.4 Durante el plazo de garantía el Contratista P&C estará obligado a rehacer o reparar todos aquellos deterioros que se hubieren producido o se produjeren por cualquier causa no imputable al uso incorrecto por parte del Comitente. En caso de que las fallas o defectos no fueren subsanados dentro del plazo acordado, el Comitente podrá hacerlos corregir, disponiendo para ello del fondo de reparos y de todo otro crédito disponible, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.

13.5 Dentro de los quince días de la fecha de la recepción provisoria, el Contratista P&C emitirá el certificado final de obra. Si arrojare un crédito a su favor, el mismo será facturado y el Comitente deberá abonarlo dentro del plazo estipulado en 2.3. Si arrojare un crédito a favor del Comitente, el Contratista P&C deberá saldarlo dentro del mismo plazo, de lo contrario éste lo deducirá de los créditos y garantías disponibles.

13.6 Transcurrido el plazo de garantía, si los trabajos están en condiciones de ser recibidos, las partes suscribirán el acta de recepción definitiva en la que constará: a) que los trabajos fueron ejecutados de acuerdo con la documentación contractual, b) la devolución del fondo de reparos o de su saldo remanente, c) la recepción por el Comitente de un juego de planos de arquitectura, estructura e instalaciones conforme a obra y de los permisos o certificados finales mencionados en 6.1.

13.7 La recepción definitiva de la obra no releva al Contratista P&C de responsabilidad por vicios ocultos o por otros defectos de las obras como consecuencia de la mala calidad de los materiales empleados o de deficiencias en la ejecución de los trabajos. Subsistirán las obligaciones del Contratista P&C de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1646 y 1647 del Código Civil.

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