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DOSSIER 8

MANUAL DEL EJERCICIO

PROFESIONAL DEL ARQUITECTO

AGOSTO 05

GENTILEZA DEL

C.E.P.A.U.

MODELOS DE CONTRATOS DE CONSTRUCCION

(2º PARTE)

 

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A- 201 CONTRATO DE CONSTRUCCION POR AJUSTE ALZADO: CONTRATISTA UNICO (2º PARTE)

 

PLIEGO DE CONDICIONES (2º PARTE)

402 CONTRATO  - PARTES DEL CONTRATO – DOCUMENTACION CONTRACTUAL

02.01 El contrato - Sistema de contratación

02.02 El Comitente

02.03 Suministros por cuenta del Comitente

02.04 El Contratista

02.05 El Contratista como constructor

02.06 Subcontratistas

02.07 Documentación contractual

02.08 Propiedad de los documentos contractuales

403 DIRECCION DE OBRA-COMUNICACIONES DE OBRA

03.01 Dirección de Obra

03.02 Facultades y obligaciones de la Dirección de Obra

03.03 Cuaderno de órdenes de servicio

03.04 Ordenes de servicio

03.05 Cuaderno de notas de pedido

404 REGIMEN DE SUBCONTRATOS DESIGNADOS

04.01 Disposiciones generales

04.02 Subcontratos designados, condiciones generales

04.03 Licitación de subcontratos designados

04.04 Adjudicación de subcontratos designados

04.05 Monto del subcontrato designado

04.06 Responsabilidades del Contratista

405 SEGUROS Y GARANTIAS

05.01 Disposiciones generales sobre seguros

05.02 Seguro de accidentes o lesiones del personal del Contratista

05.03 Seguro de accidentes o lesiones del personal del Comitente y de la Dirección de Obra

05.04 Seguros de responsabilidad civil y contra incendio

05.05 Disposiciones generales sobre garantías

05.06 Garantía de cumplimiento de contrato

05.07 Fondo de reparo

05.08 Garantía técnica de artefactos y equipos

406 PLANTEL DEL CONTRATISTA-PERSONAL

06.01 Representantes del Contratista

06.02 Profesional en Higiene y Seguridad

06.03 Jefe de obra

06.04 Personal

06.05 Salarios, leyes y cargas sociales

06.06 Responsabilidades por el pago de salarios y aportes del personal

06.07 Reclamos al Comitente

407 SEGURIDAD

07.01 Disposiciones generales

07.02 Normas y precauciones de seguridad

 

MODELOS DE CONTRATOS DE CONSTRUCCION (2º PARTE)

 

 

 

 

 

 

A- 201 CONTRATO DE CONSTRUCCION POR AJUSTE ALZADO: CONTRATISTA UNICO (2º PARTE)

PLIEGO DE CONDICIONES (2º PARTE)

402 CONTRATO  - PARTES DEL CONTRATO – DOCUMENTACION CONTRACTUAL

 

02.01 El contrato - Sistema de contratación

A

 

 

B

 

 

C n

 

 

 

 

 

 

 

 

D

 

E

 

 

 

F

 

 

El contrato constituye el acuerdo de voluntades entre el Comitente y el Contratista para la ejecución y pago de los trabajos, de acuerdo con las disposiciones de la documentación contractual.

 

El objeto del contrato es la obra, también denominada trabajos, cuya ejecución está a cargo del Contratista, según lo estipulado en la Cláusula Primera de la Contrata de obra.

 

De acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula Segunda de la Contrata de obra, la contratación y ejecución de la obra será por ajuste alzado,  lo que significa que el Contratista se compromete a ejecutar los trabajos contratados y el Comitente a pagar por ellos el precio total que figura en la Cláusula Cuarta de la Contrata de obra. Los rubros, sub-rubros e ítems que aparecen con sus respectivos precios en la oferta del Contratista, figuran desagregados a los efectos de facilitar su mejor evaluación y la liquidación y certificación de los trabajos. Aunque en la oferta del contratista figuren cómputos métricos y precios parciales y totales, los mismos sólo tienen carácter estimativo y no comprometen a las partes por las diferencias que puedan producirse con respecto a la cantidad de los trabajos ejecutados.

 

Los precios serán reajustados de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Octava de la Contrata de obra.

 

Una vez firmado el contrato, el Contratista no podrá transferirlo ni cederlo total o parcialmente a otra persona visible o jurídica, ni asociarse con ella para su cumplimiento, salvo expresa autorización del Comitente. 

 

En los casos que corresponda el pago de sellado, el Contratista lo abonará en su totalidad, incluyendo la parte que corresponda al Comitente.

INDICE é

02.02 El Comitente

A

 

 

 

B n

 

 

 

 

 

 

 

 

C n

El Comitente es la persona de existencia visible o jurídica, identificada como tal en la Contrata de obra, que encomienda al Contratista la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en la documentación contractual.

 

El Comitente se obliga a: 

a)      cumplir con las disposiciones de este Pliego y de los restantes elementos de la documentación contractual.

b)      entregar al Contratista el terreno o lugar de ejecución de los trabajos dentro del plazo convenido. El terreno estará libre de ocupantes y con sus límites establecidos.

c)       responder con razonable prontitud a los pedidos del Contratista, los que le serán transmitidos por la DO. Igual procedimiento seguirá el Comitente para comunicar al Contratista sus respuestas, instrucciones y comunicaciones.

 

Serán por cuenta del Comitente los pagos por adquisición de medianerías incluyendo los gastos por los convenios correspondientes, honorarios profesionales y/o las acciones judiciales que sean necesarias.

 

INDICE é

02.03 Suministros por cuenta del Comitente

 

A

 

 

 

B n

El Comitente suministrará los materiales, artefactos y equipos previstos en la documentación contractual y el Contratista los utilizará en la ejecución de los trabajos y/o los instalará de acuerdo a lo previsto en la misma documentación, quedando el Contratista en estos casos obligado a cumplir lo establecido en 10.04   

 

Los materiales a suministrar por el Comitente responderán a las especificaciones de la documentación de proyecto y respetarán las cantidades y las fechas convenidas por las partes.

INDICE é

 

02.04 El Contratista

 

A

 

 

 

B

 

 

C

 

El Contratista es la persona visible o jurídica, identificada como tal en la Contrata de obra, que se obliga a ejecutar los trabajos objeto del contrato, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Primera de la Contrata de obra y restantes instrumentos integrantes de la documentación contractual.

 

El Contratista asume las obligaciones y responsabilidades que figuran en el Pliego y en los restantes elementos de la documentación contractual. 

 

El Contratista revistará la condición de Contratista Unico establecida en la Cláusula Segunda de la Contrata de obra, lo que significa que tiene a su cargo la totalidad de los trabajos a ejecutar en la obra.

INDICE é

 

02.05 El Contratista como constructor

 

A

 

 

B

 

 

 

C

 

El Contratista actuará como constructor y adquirirá las obligaciones y responsabilidades técnicas, administrativas, civiles y penales que implica el desempeño del rol.

 

A los efectos de asumir las responsabilidades que figuran en A, el Contratista designará un profesional que actuará como Representante Técnico, quien asimismo firmará los planos municipales en representación del constructor.

 

Las obligaciones y responsabilidades del Contratista como constructor se extienden desde el momento en que suscribe el contrato de construcción hasta la recepción definitiva de la obra y subsisten según lo establecido por el Código Civil y las leyes.  

INDICE é

 

02.06 Subcontratistas

 

A

 

 

 

 

B

 

 

 

C

 

 

Subcontratista es la persona o empresa a quien el Contratista  encomienda la ejecución de parte de los trabajos contratados. Los derechos, obligaciones y responsabilidades que surjan de contratos, órdenes de compra u otros instrumentos entre el Contratista y sus subcontratistas no alteran en modo alguno el vínculo jurídico establecido entre el Comitente y el Contratista.

 

El Contratista será responsable por las acciones u omisiones de sus subcontratistas, por sus errores y atrasos y por los inconvenientes, daños y deterioros que produzcan a sus propios trabajos, a los de otros sub-contratistas, a propiedades del Comitente o a terceros.

 

Las condiciones y  requerimientos establecidos para el personal del Contratista serán de total aplicación para el personal de sus subcontratistas.

INDICE é

 

02.07 Documentación contractual

 

A

 

 

 

B

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C

 

 

 

D l

 

 

E

 

 

 

F

 

 

 

 

G l

 

 

La documentación contractual está compuesta por los documentos del contrato mencionados en la Cláusula Tercera de la Contrata de obra, de cuyo contenido, alcance y significado el Contratista declara estar compenetrado, y los restantes instrumentos que figuran en B.

 

Formarán parte de la documentación contractual :

a)      la garantía de cumplimiento de contrato

b)      el acta de iniciación de los trabajos

c)       el plan de trabajo

d)      las órdenes de servicio impartidas por la DO

e)      las notas de pedido del Contratista

f)        los croquis y aclaraciones que durante la ejecución de la obra entregue la DO al Contratista y los planos de construcciones temporarias, de taller o de montaje que este confeccione y aquélla apruebe.

g)      las documentaciones gráficas y escritas, presupuestos aprobados y ordenes para la ejecución de modificaciones del contrato.

h)      las actas y todo otro documento que suscriban las partes.

 

Los listados precedentes no implican orden de prioridad. Los documentos del contrato se complementan entre sí: todo trabajo dibujado o descrito en uno de ellos, aunque no figure en otros, será  ejecutado por el Contratista sin que tenga derecho a reclamo alguno.

 

En caso de que exista ambigüedad o contradicción entre planos, planillas, especificaciones, etc, prevalecerá lo que establezca la DO.

 

El Contratista estudiará la documentación de proyecto y la que la DO le proporciones posteriormente, consultará a la DO en caso de dudas y solicitará su intervención en caso de detectar errores u omisiones. Cualquier deficiencia o error que comprobara, será comunicado antes de iniciar los trabajos respectivos.

 

El Contratista será responsable por la correcta interpretación de los planos y especificaciones para la ejecución de la obra y responderá por defectos o errores que pudiere cometer, siendo a su cargo los trabajos que sean necesarios para corregir los realizados erróneamente, no pudiendo alegar corresponsabilidad con la DO por alguna de las eventualidades señaladas.

 

El Contratista dispondrá que una copia de todos los documentos del contrato permanezca en obra, en el lugar que indique la DO.

INDICE é

 

02.08 Propiedad de los documentos contractuales

A

 

 

 

 

B

 

 

 

C

 

El Contratista se constituirá en custodio de los planos, especificaciones y toda otra documentación que le proporcionen la DO o el Comitente, debiendo devolverlos cuando le fueren requeridos. El Contratista no podrá transferirlos a terceros o usarlos con otro propósito que no sea la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato. 

 

Los planos, planes de trabajo, esquemas, listas de materiales, especificaciones y todo otro documento preparado por el Contratista en relación con la ejecución de los trabajos a su cargo, serán propiedad del Comitente, que podrá usarlos en la medida  de sus necesidades.

 

El Contratista requerirá el cumplimiento de las dos disposiciones precedentes a sus subcontratistas y proveedores afectados a la ejecución de los trabajos. 

INDICE é

 

403 DIRECCION DE OBRA-COMUNICACIONES DE OBRA

03.01 Dirección de Obra

 

A

 

 

 

B l

 

 

C

 

D l

 

 

 

E

 

 

 

F l

 

 

G n l

 

 

H

 

 

 

La DO, designada en la Cláusula Primera de la Contrata de obra, representa técnicamente al Comitente y tiene autoridad para actuar en su nombre dentro de los términos de la documentación contractual. La DO no es parte del contrato y comprende al Director de Obra y a sus representantes autorizados.

 

La DO es la encargada de supervisar y controlar periódicamente la ejecución de los trabajos para verificar su correspondencia con la documentación contractual y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.  

 

El Contratista debe respetar la autoridad de la DO y acatar sus órdenes.

 

La DO tiene a su cargo la aprobación de los trabajos ejecutados y el rechazo, a su exclusivo criterio, de aquellos materiales y trabajos que no concuerden con los planos, especificaciones y restantes elementos de la documentación contractual.

 

En cualquier momento que un vicio, falla o defecto se evidencien y hasta la finalización del plazo de garantía, la DO podrá exigir al Contratista la corrección, demolición, reejecución o reemplazo de los materiales o trabajos afectados. En cualquier caso prevalecerá lo dictaminado por la DO.

  

Las interpretaciones y decisiones de la DO se ajustarán a la letra y al espíritu de las disposiciones del contrato. En su condición de intérprete de las mismas, la DO actuará con equidad ante las partes.

 

Las tratativas y comunicaciones entre el Contratista y el Comitente en relación con el objeto del contrato se harán exclusivamente a través de la DO.

  

La DO no está obligada a concurrir diariamente a la obra ni a  permanecer en ella durante la totalidad del horario de trabajo.

INDICE é

 

03.02 Facultades y obligaciones de la Dirección de Obra

 

A

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B

 

Son facultades de la DO:

a)      Ordenar la presentación de muestras de materiales.

b)      Ordenar la ejecución de pruebas o ensayos de los materiales e instalaciones que forman parte de la obra.

c)       Revisar y aprobar, corregir o rechazar las liquidaciones presentadas por el Contratista, previo a la emisión del certificado correspondiente.

d)      Solicitar la aplicación de sanciones al Contratista.

e)      Acceder libremente a los talleres del Contratista y de sus subcontratistas, durante la preparación de materiales, artefactos o equipos destinados a la obra.

 

Son obligaciones de la Dirección de Obra:

a)      Rechazar cualquier material, artefacto o equipo que a su juicio no concuerde con la documentación contractual o estén degradados o