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Variantes acaecidas en las modalidades de
contratación y ejecución de las obras y la búsqueda de una mejor
diferenciación de los roles del Director de Obra y del Constructor, han
propiciado la redacción de una nueva serie de modelos de contratos de construcción
que viene a reemplazar a los editados por el Consejo entre los años 1978 y
1998. Los documentos que se presentan en su primera edición son los
siguientes:
o
A-201: Contrato de construcción por ajuste alzado: Contratista
Único
o
A-202: Contrato de construcción abreviado por ajuste alzado:
Contratista Único
o
A-203: Contrato de construcción por ajuste alzado: contratos
separados - Contratista Principal
o
A-204: Contrato de construcción por ajuste alzado: contratos
separados - Contratista que recibe ayuda de gremios
o
A-205: Contrato de construcción por unidad de medida: contratos
separados - Contratista que recibe ayuda de gremios
o
A-211: Contrato de construcción por coste y costas: Contratista
Único
o
A-212: Contrato de construcción por coste y costas: contratos separados - Contratista que
recibe ayuda de gremios
El documento A-202 ha sido
redactado para la contratación y ejecución de obras menores, entendiéndose
por tales aquellas de reducida envergadura, complejidad, monto y lapso de ejecución.
Se recomienda su utilización luego de su comparación con su similar A-201,
previsto para proyectos u obras de mayor complejidad, lo que permitirá
rescatar de este último disposiciones que, según el tipo de obra y las
modalidades de trabajo del arquitecto, puede resultar conveniente incorporar
al primero.
Todos los
documentos son de uso recomendado pero no obligatorio y cada uno se integra
con dos instrumentos estrechamente relacionados entre sí, estudiados y
redactados para ser empleados necesariamente en conjunto y que son los
siguientes:
·
Modelo de Contrata de
obra
Las cláusulas del Modelo de Contrata de obra
incluyen espacios libres para incorporar la información específica de cada
contrato. Se recomienda completar los espacios libres en dos pasos o etapas:
1. Antes del pedido de
ofertas: con la identificación y domicilio del Comitente y la información
necesaria en las cláusulas 1ª / 2ª / 3ª / 5ª / 6ª / 7ª / 8ª y 9ª, información
que deben disponer los oferentes para preparar sus ofertas.
2. Antes de la firma del
contrato: con la identificación y domicilio del Contratista y, en la Cláusula
4ª, la fecha y el monto del contrato. Si se anexan nuevos documentos al
contrato, debe mencionárselo en la Cláusula 3ª.
·
Pliego de condiciones
Incluye disposiciones generales para la
contratación y ejecución de obras, de texto completo y que no requieren
ningún complemento. Las disposiciones del Pliego han sido señaladas
selectivamente con distintos símbolos para facilitar su revisión, de acuerdo
con el siguiente criterio:
o
el símbolo n señala disposiciones
con obligaciones a cargo del Comitente.
o
el símbolo l señala
disposiciones con obligaciones a cargo de la Dirección de Obra.
o
el símbolo µ señala disposiciones
que incluyen plazos, cantidades y porcentajes, para facilitar su
individualización y eventual modificación antes de incorporar el Pliego a la
documentación de proyecto.
La incorporación de
modificaciones a los términos de la Contrata de obra o del Pliego de
Condiciones debe efectuarse con máximo cuidado, a efectos de mantener la
coherencia de los textos y la consistencia de la terminología empleada.
Previo a la suscripción de un contrato, siempre se recomienda la consulta con
un abogado.
INDICE é
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